Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BORME-C-2021-2582

BARTU, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BARTUREN ANAIAK, S.L.U.
MODAS BAMBINO, S.A.U.
SANTANOSTE, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 89, páginas 3307 a 3307 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-2582

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, en lo sucesivo ("LME"), se hace público que, el día 7 de mayo de 2021, el socio único de Barturen Anaiak, S.L.U., Modas Bambino, S.A.U., y Santanoste, S.L.U. ("Sociedades Absorbidas"), y el socio único de Bartu, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"), en ejercicio de sus competencias, ha decidido, por cada una de ellas, aprobar la fusión por absorción de carácter simplificado por pertenecer todas las entidades implicadas a un mismo socio persona jurídica, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión redactado y firmado por la totalidad de los miembros de los órganos de administración de las referidas compañías con fecha 6 de abril de 2021, depositado en el Registro Mercantil de Bizkaia. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, con extinción de las mismas.

Se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME por remisión realizada en el artículo 52-1 LME. En consecuencia, no resulta necesario para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto Común de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de los administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente.

Finalmente, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos del artículo 44 de la LME.

Abadiño, 10 de mayo de 2021.- El Administrador único, CARTERA ERCILLA GÓMEZ, S.L., y en su nombre, María Rosario Barturen Ercilla, como persona física designada al efecto.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril