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Documento BORME-C-2022-7148

FLUIDRA FINCO, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ZPNA HOLDINGS, S.A.S.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 8555 a 8555 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7148

TEXTO

Anuncio de fusión transfronteriza por absorción

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de Fluidra Finco, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") ha decidido con fecha 30 de junio de 2022, en calidad de Sociedad Absorbente y el accionista único de la sociedad francesa Zpna Holdings, S.A.S. (la "Sociedad Absorbida") ha decidido con fecha 30 de junio de 2022, en calidad de Sociedad Absorbida, la fusión por absorción, sujeta a condición suspensiva, de la segunda por parte de la primera en los términos establecidos en el proyecto común de fusión transfronteriza depositado en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 05 de agosto de 2022 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la integración de la Sociedad Absorbida en la Sociedad Absorbente mediante la transmisión en bloque de los activos y pasivos de la Sociedad Absorbida en beneficio de la Sociedad Absorbente, que los adquirirá por sucesión universal, dando lugar a la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida.

En la medida en que se ha acreditado el cumplimiento de la condición suspensiva a la cual estaba sujeta la eficacia de la fusión, tal y como se dispone en el Proyecto de Fusión, mediante la manifestación del correspondiente órgano de administración de la Sociedad Absorbente, la fusión puede ser ejecutada, desplegando así sus efectos.

Así pues, se hace constar el derecho que asiste al socio único de la Sociedad Absorbente y al accionista único de la Sociedad Absorbida y a los acreedores de cada una de ellas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades a fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la LME se hace constar que los acreedores y, cuando proceda, el socio único de la Sociedad Absorbente y el accionista único de la Sociedad Absorbida, podrán ejercitar sus derechos en las condiciones establecidas en la norma de aplicación, siendo la dirección donde pueda obtenerse, sin gastos, una información exhaustiva sobre esas condiciones de ejercicio de sus derechos la del domicilio social de la Sociedad Absorbente (Avenida Alcalde Barnils, número 69, 08174 - Sant Cugat del Vallès (Barcelona), España).

Sant Cugat del Vallès, 10 de noviembre de 2022.- D. Eloy Planes Corts y D. Javier Tintoré Segura en calidad de Consejeros Delegados Mancomunados de Fluidra Finco, S.L.U. y D. Stéphane Figueroa, en calidad de presidente del órgano de administración de Zpna Holdings, S.A.S, .

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