Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BORME-C-2022-7169

KORFLEX RELAX SA

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 8581 a 8582 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2022-7169

TEXTO

Anuncio para el ejercicio del derecho de suscripción preferente.

En cumplimiento de lo previsto en los artículos 304 y 305 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), y a los efectos de posibilitar el ejercicio por los accionistas de la compañía KORFLEX RELAX SA (en adelante, "la Sociedad") de su derecho de suscripción preferente, se hace público que en Junta General Universal y Extraordinaria de fecha 24 de octubre de 2022 se acordó la ampliación de capital de la sociedad por aportaciones dinerarias en un importe máximo de 1.250.000 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 1.250.000 nuevas acciones ordinarias de 1 euro de valor nominal cada una y prima de emisión de 0,20 euros por acción, con previsión de suscripción incompleta, con la consiguiente modificación del artículo de los Estatutos Sociales relativo al Capital Social, delegando en el Consejo de Administración la facultad de fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto por la Junta General y realizar los actos necesarios para su ejecución, acordando el Consejo de Administración de la Sociedad en fecha 25 de octubre de 2022 ejecutar el acuerdo en los siguientes términos y condiciones:

1.- Aumento del capital social:

Se acuerda el aumento del capital de la sociedad en un importe máximo de 1.250.000 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 1.250.000 nuevas acciones ordinarias de 1 euro de valor nominal cada una.

Las nuevas acciones serán ordinarias y pertenecerán a la misma clase y serie que las actualmente existentes y en circulación.

2.- Tipo de emisión

Las nuevas acciones se emitirán por su valor nominal de 1 euro más una prima de emisión de 0,20 euros por acción, de lo que resulta un tipo de emisión por acción (capital más prima de emisión) de 1,20 euros. En consecuencia, el importe de la prima de emisión total correspondiente a las Nuevas Acciones asciende a la cantidad de 250.000,00 euros, siendo el importe efectivo total del Aumento de Capital de 1.500.000,00 euros (nominal más prima de emisión) o el importe menor que resulte en caso de suscripción incompleta.

3.- Desembolso del aumento de capital.

El desembolso del aumento de capital tanto el nominal como la prima de emisión, se realizará mediante aportaciones dinerarias.

4.Derecho de suscripción preferente, negociación de los derechos y periodo de asignación discrecional

Se reconoce el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones a los accionistas en proporción a su participación en el capital social de la Sociedad, conforme al artículo 304.1 de la Ley de Sociedades de Capital, y cuya duración será por el plazo que determine el Consejo de Administración dentro de los límites aplicables conforme a la Ley de Sociedades de Capital.

Los derechos de suscripción preferente serán libremente transmisibles en las mismas condiciones que lo son las acciones de las que deriven en los términos previstos en el artículo 306.2 de la vigente Ley de Sociedades de Capital.

El periodo de suscripción tendrá una duración de un mes, iniciándose al día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Los derechos de suscripción preferente no ejercitados se extinguirán automáticamente a la finalización del período de suscripción preferente.

Las nuevas acciones que no sean suscritas durante el periodo de suscripción preferente podrán ser ofrecidas por el Consejo de Administración a terceros inversores durante el plazo de 6 meses.

5. Representación de las Nuevas Acciones

Las Nuevas Acciones, al igual que las ya en circulación, estarán representadas mediante títulos y figurarán en el Libro Registro que lleva la Sociedad, conforme lo preceptuado en los estatutos sociales.

6. Derechos de las Nuevas Acciones

Las Nuevas Acciones atribuirán a sus titulares los mismos derechos políticos y económicos que las acciones ordinarias de la Sociedad actualmente en circulación a partir de la fecha en que el Aumento de Capital sea ejecutado.

7. Suscripción incompleta

De conformidad con el acuerdo de la Junta General relativo al aumento del capital se prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 507 de la vigente Ley de Sociedades de Capital, de manera que el capital quedará efectivamente ampliado sólo en la parte que resulte suscrita y desembolsada.

Barcelona, 8 de noviembre de 2022.- Presidente del Consejo de Administración, Luis Francisco Rosón Ferreiro.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril