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Documento BORME-C-2022-7309

BONABELLA INVERSIONES PATRIMONIALES S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) BONABELLA NEGOCIOS EMPRESARIALES, S.L. Y BASILICA 20 INVERSIONES, S.L. (SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 8745 a 8745 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7309

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de Bonabella Inversiones Patrimoniales, S.L. (la "Sociedad Absorbente") y Bonabella Negocios Empresariales, S.L. (la "Sociedad Absorbida") y Basilica 20 Inversiones, S.L. (la "Sociedad Absorbida"), todas ellas celebradas en Madrid el día 14 de noviembre de 2022, han aprobado la Fusión por absorción entre la Sociedad Absorbente y las sociedades Absorbidas, mediante absorción de la segunda y tercera por la primera (la "Fusión"). Con carácter previo a la aprobación del acuerdo de fusión, las referidas juntas generales aprobaron los correspondientes balances de fusión cerrados a 14 de noviembre de 2.022 (en todos los casos) y el proyecto común de fusión redactado, suscrito y aprobado por todos los administradores de cada una de las sociedades participantes en la Fusión el día 14 de noviembre de 2022 (el "Proyecto de Fusión").

Como consecuencia de la Fusión, se producirá la extinción, via disolución sin liquidación, de las Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque a título universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.

Así mismo, se pone de manifiesto que el acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto de Fusión sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley ni de elaborar el informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión, todo ello por haberse adoptado el acuerdo de fusión en junta universal y por unanimidad de todos los socios, de conformidad con el artículo 42 de la LME.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en la Fusión a obtener en los respectivos domicilios sociales, el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, y a obtener los respectivos balances de fusión.

Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la Fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo de fusión.

En Madrid, 14 de noviembre de 2022.- Los Administradores solidarios de la Sociedad Absorbente Don Jose Manuel Moreno Jimenez y Don Gonzalo Maria Moreno Jimenez, Y el Administrador único de las Sociedades Absorbidas Don Jose Manuel Moreno Jimenez.

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