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Documento BORME-C-2022-7330

WORLD CONTROL TECHNOLOGIES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NIKBUT, N.V
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 8769 a 8769 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7330

TEXTO

Anuncio de acuerdo unánime de fusión

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las compañías «World Control Technologies, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedad absorbente), y «NIKBUT NV» (sociedad absorbida) aprobaron por unanimidad, en sus reuniones celebradas el 28 de julio de 2022, la fusión por absorción de «Nikbut, NV» por « World Control Technologies, Sociedad Limitada Unipersonal» y la transmisión en bloque, a título universal, de todo el patrimonio de la sociedad absorbida (Nikbut, NV) a la sociedad absorbente «World Control Technologies, Sociedad Limitada Unipersonal», que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

El acuerdo de fusión se aprobó en los términos previstos en el proyecto común de fusión formulado y aprobado por los administradores de ambas sociedades y se han depositado en el domicilio social los documentos exigidos por la Ley y el informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que les asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

De acuerdo con lo prevenido en el artículo 66.2 de la misma norma, los acreedores que ejerciten su derecho de oposición, podrán obtener garantía bancaria de sus créditos, derecho que ejercitarán en el domicilio de la sociedad absorbente.

Mos, 15 de noviembre de 2022.- Administradora Única de World Control Technologies, Sociedad Limitada Unipersonal, Albertina Moreira de Oliveira Alves.

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