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Documento BORME-C-2018-6875

HOTEL PLAYABELLA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE Y SEGREGADA)
INVERSIONES HOTELERAS RO-MA, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
GRUPO HOTELES PLAYA, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA SEGREGACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 153, páginas 8019 a 8020 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-6875

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión, en el caso de la operación de segregación señalada más adelante, del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 18 de junio de 2018, la junta general (celebrada con carácter universal) de la mercantil Hotel Playabella, S.L. (la "Sociedad Absorbente" o la "Sociedad Segregada", según corresponda), así como el socio único de la sociedad Inversiones Hoteleras RO-MA, S.L., Sociedad Unipersonal (la "Sociedad Absorbida") y el accionista único de Grupo Hoteles Playa, S.A., Sociedad Unipersonal (la "Sociedad Beneficiaria"), ejerciendo las funciones de Junta General de las anteriores sociedades, al amparo de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, adoptaron (por unanimidad en caso de la primera) en unidad de acto pero con carácter sucesivo, los acuerdos relativos a (i) la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida, mediante disolución sin liquidación con aportación en bloque por sucesión universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, quedando ésta última subrogada en la titularidad de todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida; y (ii) la segregación de una unidad económica y de negocio de la Sociedad Segregada mediante su traspaso en bloque sin disolución ni liquidación a la Sociedad Beneficiaria, quedando por tanto, la Sociedad Beneficiaria subrogada en todos los derechos y obligaciones recibidos; y todo ello con arreglo a los términos establecidos en el proyecto común de fusión por absorción y segregación simultánea, formulado y firmado por órgano de administración de cada una de las sociedades implicadas con fecha 18 de junio de 2018 (el "Proyecto").

Se hace constar a los efectos oportunos que, por ser de aplicación el régimen previsto en los arts. 42 y 49.1 LME, las operaciones de fusión y segregación anunciadas se han acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios o accionistas de las sociedades implicadas en las operaciones descritas anteriormente así como a los acreedores de éstas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y de segregación, así como del informe de auditoría, en caso de la Sociedad Beneficiaria.

Asimismo, se informa a los acreedores de cada una de las sociedades implicadas en las operaciones anteriormente expuestas, que podrán oponerse a la fusión y/o a la segregación descritas en el plazo y en los términos del artículo 44 de la LME.

Madrid y Roquetas de Mar (Almería), 30 de julio de 2018.- El Presidente del Consejo de Administración de Hotel Playabella, S.L. y Consejero Delegado de Grupo Hoteles Playa, S.A., Sociedad Unipersonal, José María Rossell Recasens..-Los Administradores Solidarios de Inversiones Hoteleras RO-MA, S.L., Sociedad Unipersonal, José María Rossell Recasens, Luis Rossell Massachs y José María Rossell Massachs.

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