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Documento BORME-C-2019-1744

HORMIGONERAS JAVIER SUÁREZ, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MIXERNORTE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 72, páginas 2173 a 2173 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-1744

TEXTO

De conformidad con los dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME") se hace público que el día 1 de abril de 2019, el socio único de Hormigoneras Javier Suárez, S.L.U. (Sociedad Absorbente), que también lo es de Mixernorte, S.L.U. (Sociedad Absorbida), en ejercicio de sus competencias ha aprobado la fusión por absorción sobre la base del proyecto común de fusión, de fecha 29 de marzo de 2019, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por el órgano de administración de ambas sociedades, realizándose la fusión de conformidad con lo previsto en los artículos 49 y 52 de la LME al tratarse de una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de la sociedad absorbida.

Habiéndose adaptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades por decisión de su socio único, ejerciendo las facultades de la Junta General, en consecuencia y de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

Conforme a lo establecido en el artículo 43 de la citada Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

León, 2 de abril de 2019.- El Administrador único de Hormigoneras Javier Suárez, S.L.U., y de Mixernorte, S.L.U., Donino Javier Suárez Álvarez.

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