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Documento BORME-C-2019-2637

TUBERÍAS BARCIA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
BARCIA JARDÍN Y PISCINA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA Y SIMULTÁNEAMENTE ABSORBIDA)
AGALI, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 86, páginas 3198 a 3198 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-2637

TEXTO

Anuncio de escisión parcial y simultánea fusión inversa por absorción.

De conformidad con los artículos 73.1 y 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el 26 de abril de 2019 la Junta General extraordinaria y universal de la Sociedad Escindida ha aprobado por unanimidad su escisión parcial a favor de la Sociedad Beneficiaria (la "Escisión"), en los términos establecidos en el proyecto común de escisión parcial y simultánea fusión por absorción de fecha 26 de marzo de 2019, elaborado conjuntamente por los órganos de administración de las sociedades intervinientes (el "Proyecto").

La Escisión implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de una parte del patrimonio de la Sociedad Escindida, consistente en una unidad económica constituida por el 100% del capital social de Agali, Sociedad Limitada Unipersonal, a favor de la Sociedad Beneficiaria, recibiendo los socios de la Sociedad Escindida un número de participaciones sociales en la Sociedad Beneficiaria proporcional a su respectiva participación en la Sociedad Escindida, reduciendo ésta su capital social en la cuantía correspondiente, hasta quedar fijado el capital social en 1.813.949,12 euros.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 43 LME, se hace público que el 26 de abril de 2019, la Junta General extraordinaria y universal de socios de la Sociedad Absorbente ha aprobado por unanimidad la simultánea fusión inversa por absorción (la "Fusión"), entre la Sociedad Absorbente y su socio único, la Sociedad Absorbida, en los términos establecidos en el Proyecto. Se deja expresa constancia de que la Fusión se lleva a cabo de conformidad con los artículos 52.1, 49.1.4.º y 42 LME.

La Fusión implicará la extinción sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque del patrimonio referido a la Sociedad Absorbente, que lo adquiere por sucesión universal.

Asiste: (i) a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la Escisión y posterior Fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de Escisión y Fusión adoptados por la sociedad de las que sean socios o acreedores, así como el balance de Fusión, y (ii) a los acreedores que estén en el caso del artículo 44 de la LME el de oponerse a la Escisión y Fusión, con los efectos legales previstos, en el plazo de un mes desde el último anuncio.

Baiona (Pontevedra), 26 de abril de 2019.- La Presidenta del Consejo de Administración de la Sociedad Escindida, Presidenta del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y Administradora única de la Sociedad Beneficiaria y Absorbida, Beatriz Barcia González.

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