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Documento BORME-C-2019-2825

AMPLIFON IBÉRICA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CENTRE AUDITIU BADALONA, S.L.U.
CENTRE AUDITIU BENIDORM, S.L.U.
NOALIA PLUS, S.L.U.
CENTRE AUDITIU VIC, S.L.U.
BOSTON AUDIT, S.L.U.
CIRCULO FAMEX 25, S.L.U.
INSTITUTO GALLEGO DE LA AUDICIÓN, S.L.U.
CENTRO DE AUDIOPROTESISTAS ESPAÑOLES, S.L.U.
NOSTAR 22, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 88, páginas 3405 a 3405 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-2825

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 12 de abril de 2019 el accionista único de la sociedad Amplifon Ibérica, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente"), ha aprobado la fusión por absorción de las sociedades Centre Auditiu Badalona, S.L.U.; Centre Auditiu Benidorm, S.L.U.; Noalia Plus, S.L.U.; Centre Auditiu Vic, S.L.U.; Boston Audit, S.L.U.; Circulo Famex 25, S.L.U.; Instituto Gallego de la Audición, S.L.U.; Centro de Audioprotesistas Españoles, S.L.U. y Nostar 22, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas"), por parte de la Sociedad Absorbente (la "Fusión") en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 9 de abril de 2019 (el "Proyecto de Fusión").

La Fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente (conjuntamente, las "Sociedades a Fusionar") y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.

Al momento de ejecutar la Fusión, las Sociedades Absorbidas se encontrarán íntegramente participadas de forma directa por la Sociedad Absorbente y, por lo tanto, de conformidad con lo previsto en los apartados 2.º, 3.º y 4.º del artículo 49.1 LME, no son preceptivos los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, así como tampoco lo es la ampliación de capital social de la Sociedad Absorbente, ni la aprobación de la Fusión por el socio único de las Sociedades Absorbidas. Asimismo, de conformidad con el artículo 42 LME, la Fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los respectivos balances de fusión, así como su derecho de oponerse a la Fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Zaragoza, 8 de mayo de 2019.- El Presidente del Consejo de Administración de Amplifon Ibérica, S.A.U, Gabriele Galli.- El representante persona física de Gabinetes de Audioprótesis Electromedicina y Servicios, S.A.U., Administrador único de las Sociedades Absorbidas, Lorenzo Fiorani.

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