Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BORME-C-2019-8316

DRYGITAL ROCKS YOU, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ARROBA NETWORK, S.L.U.
YSLANDIA TRABAJOS CREATIVOS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 9686 a 9686 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8316

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que (i) el socio único de Arroba Network, S.L.U. (sociedad absorbida), (ii) el socio único de Yslandia Trabajos Creativos, S.L.U. (sociedad absorbida) y (iii) la junta de socios universal de Drygital Rocks You, S.L. (Sociedad Absorbente), ejerciendo las competencias que tienen atribuidas, han adoptado en las sociedades, por unanimidad y con fecha 12 de noviembre de 2019, la decisión de aprobar la fusión por absorción de Arroba Network, S.L.U. (sociedad absorbida), Yslandia Trabajos Creativos, S.L.U. (sociedad absorbida) y Drygital Rocks You, S.L. (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y la adquisición por sucesión universal de sus patrimonios por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común de Fusión redactado por todos los administradores de los órganos de administración de las sociedades con fecha 12 de noviembre de 2019. La operación es una fusión especial acogida al artículo 49 de la LME y, en consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 LME (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión y (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en las sociedades por decisión de sus socios únicos (en el caso de las sociedades absorbidas), ejerciendo las competencias de la Junta General; y por Junta General Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto en el caso de la sociedad absorbente, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo preceptuado en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 13 de noviembre de 2019.- Presidente del Consejo de Administración de Drygital Rocks You, S.L. y representante persona física de Drygital Rocks You, S.L., administrador único de Arroba Network, S.L.U. y de Yslandia Trabajos Creativos, S.L.U, Carlos Díaz Ruiz.

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid