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Documento BORME-C-2019-8883

INNERIA SOLUTIONS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PEMPSIS ETT, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 229, páginas 10295 a 10296 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8883

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 y concordantes de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que "Eurofirms Group, S.L.U.", socio único de "Inneria Solutions, S.L.U.", aprobó el día 31 de octubre de 2019, la fusión de "Pempsis ETT, S.L.U." (Sociedad Absorbida) por "Inneria Solutions, S.L.U." (Sociedad Absorbente).

La fusión se realiza conforme a lo previsto en el artículo 52.1 en relación con el 49.1 LME, en consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente ni relación de canje, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de la sociedad absorbida, realizándose la fusión con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente; todo ello de conformidad con los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito y formulado por el administrador único de las sociedades intervinientes el día 30 de octubre de 2019.

Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances cerrados a 30 de septiembre de 2019 de dichas sociedades, y se realizará de conformidad con el Proyecto Común de Fusión que fue aprobado asimismo por el socio único el citado 30 de octubre de 2019, y suscrito y formulado por el órgano de administración de las sociedades intervinientes.

Las operaciones de la sociedad absorbida, "Pempsis ETT, S.L.U.", se entenderán realizadas a efectos contables por la Sociedad Absorbente, "Inneria Solutions, S.L.U.", a partir de 1 de enero de 2019.

La presente operación es una fusión por absorción entre "Pempsis ETT, S.L.U." (Sociedad Absorbida) e "Inneria Solutions, S.L.U." (Sociedad Absorbente), sometida al régimen del artículo 52.1 LME, dado que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida están íntegramente participadas de forma indirecta por la sociedad "Eurofirms Group, S.L.U.". Asimismo, en virtud del artículo 42.1 LME, al haberse adoptado el acuerdo de fusión en junta universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho de voto, no es necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión, de examinar en los domicilios sociales de éstas o de pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos que se relacionan en el artículo 39 de la LME, así como a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado.

Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 y concordantes de la LME, de oponerse a la fusión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del presente acuerdo de fusión.

Girona, 22 de noviembre de 2019.- El Administrador único de "Inneria Solutions, S.L.U." y de "Pempsis ETT, S.L.U.", Isidro Cañas Quiñonero.

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