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Documento BORME-C-2019-9112

AIR NOSTRUM LÍNEAS AÉREAS DEL MEDITERRÁNEO, S.A.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
AIR NOSTRUM SERVICIOS GLOBALES, S.L.
AIR NOSTRUM MRO, S.L.
AIR NOSTRUM ATO, S.L.
ARA GTV, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 237, páginas 10565 a 10565 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-9112

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el Accionista Único de la sociedad Air Nostrum Líneas Aéreas del Mediterráneo, S.A.U. (Sociedad Escindida), ejerciendo las funciones propias de Junta General según lo establecido en el artículo 178 de la Ley de Sociedades de Capital, el 9 de diciembre de 2019, ha acordado, por unanimidad la escisión parcial de las ramas de actividad de (i) servicios de apoyo a la gestión y consultoría, (ii) mantenimiento, (iii) formación y (iv) de gestión integral de tripulaciones y programación, y su consiguiente transmisión en bloque a 4 sociedades de nueva creación, respectivamente, Air Nostrum Servicios Globales, S.L., Air Nostrum MRO, S.L., Air Nostrum ATO, S.L., y Ara GTV, S.L. (Sociedades Beneficiarias), cuyas denominaciones sociales están pendientes de obtención en el Registro Mercantil Central, las cuales se constituirán simultáneamente y como consecuencia de la presente escisión parcial y adquirirán por sucesión universal las ramas de actividad anteriormente citadas, adjudicando al Accionista Único de la Sociedad Escindida las nuevas participaciones sociales de las Sociedades Beneficiarias, proporcionalmente a los derechos que éste tenía en el capital de la Sociedad Escindida. Como consecuencia de la escisión la Sociedad Escindida reducirá su capital en cinco millones de euros (5.000.000,00 €), mediante la reducción del valor nominal de sus acciones en 3,110472151 euros cada una, pasando a ser el capital social de dos millones setecientos treinta y un mil novecientos cuarenta y cinco euros con trece céntimos (2.731.945,13 €), y el valor nominal unitario de las acciones en que se divide, será de 1,6995278490 euros.

La escisión se ha llevado a cabo de conformidad con el proyecto de escisión de fecha 28 de junio de 2019. Se hace constar que, por aplicación del artículo 78 bis, no ha sido preciso elaborar balance de escisión, ni el informe de administradores sobre el proyecto de escisión, ni el nombramiento de expertos independientes. Tampoco ha sido necesario la publicación o depósito del proyecto de escisión en virtud del artículo 42 LME.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y se informa a los acreedores del derecho que les asiste de oponerse a la mencionada escisión parcial así como a la reducción de capital social planteada durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión parcial y reducción de capital social, en los términos señalados en los artículos 43 y 44 de la LME, por remisión del artículo 73 de la misma ley y el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital.

Quart de Poblet, 10 de diciembre de 2019.- El Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Escindida, Air Nostrum Líneas Aéreas del Mediterráneo, S.A.U., Alberto Herrero Pons.

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