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Documento BORME-C-2019-9117

EXPLOTACIONES TURÍSTICAS MORASOL, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 237, páginas 10572 a 10573 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-9117

TEXTO

Aumento de Capital con derecho de asunción preferente

Se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios de Explotaciones Turísticas Morasol, S.L. (la "Sociedad"), celebrada el día 2 de diciembre de 2019 (la "Junta"), acordó aumentar el capital social en la cifra de 5.542.834,13 euros, mediante la creación de 184.450 nuevas participaciones sociales, numeradas de la 15.101 al 199.550, ambas inclusive, de 30,0506052191891 euros de valor nominal cada una de ellas, sin prima de emisión y la misma clase y serie que las existentes. El contravalor del aumento puede ser mediante aportaciones dinerarias o no dinerarias limitadas únicamente a la aportación de los inmuebles aprobados en la Junta.

Los socios tienen derecho de asunción preferente pudiendo asumir un número de participaciones sociales proporcional al valor nominal de las que ya posean.

Ante la propia Junta, el socio Inhertit, S.L. ejercitó parcialmente su derecho de asunción preferente mediante aportación no dineraria, asumiendo 110.662 participaciones sociales, números 15.101 a 125.762, ambas inclusive.

El ejercicio del derecho de asunción preferente de las 73.788 participaciones sociales restantes, concretado en 36.890 participaciones cada uno de los socios D. Ángel y D. Francisco García Álamo, y 8 participaciones Inhertit, S.L., podrá llevarse a cabo en los siguientes términos:

a) El plazo para su ejercicio finaliza transcurrido el mes desde la publicación de este anuncio.

b) El desembolso no dinerario mediante la aportación de los bienes inmuebles identificados en la propia Junta susceptible de ser verificado por los socios D. Ángel y D. Francisco García Álamo, deberá ser comunicado por éstos a la Sociedad de forma fehaciente antes de que finalice el plazo para el ejercicio de sus respectivos derechos de asunción preferente.

c) Las aportaciones dinerarias deberán hacerse efectivas mediante ingreso o transferencia, con expresa indicación de su concepto y persona que efectúa el ingreso o transferencia, en la cuenta corriente abierta a nombre de la sociedad en CaixaBank, número ES36 2100 1766 4202 0018 0233.

d) Transcurrido dicho plazo, los socios que hayan hecho completo uso de su derecho de asunción preferente podrán comunicar a la Sociedad, en un plazo no superior a cinco días desde la conclusión del señalado plazo de asunción preferente, su deseo de asumir las participaciones sociales sobrantes, para el supuesto que las hubiere, indicando el número de participaciones sociales que desean asumir. Una vez finalizado dicho plazo, el Administrador asignará las participaciones sociales sobrantes, en su caso, de acuerdo con las solicitudes recibidas. En caso de ser superior el número de solicitudes al de las participaciones sociales sobrantes éstas se deberían adjudicar a los demandantes en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la Sociedad y, una vez adjudicadas, comunicará a cada socio interesado las participaciones sociales que le hayan sido asignadas, con la obligación de desembolsar su importe en un nuevo plazo de cinco días desde la recepción de la comunicación.

e) En caso de asunción incompleta y consecuente aumento incompleto, el capital quedará aumentado únicamente en una cuantía equivalente al de las participaciones sociales efectivamente asumidas y desembolsadas.

Las Palmas de Gran Canaria, 3 de diciembre de 2019.- El Administrador Único, Inhertit, S.L., por medio de su representante persona física, D. Sergio García Santana.

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