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Documento BORME-C-2021-2064

VIDA-CAIXA, S.A.U., DE SEGUROS Y REASEGUROS
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BANKIA PENSIONES, S.A.U., E.G.F.P.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 83, páginas 2674 a 2674 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-2064

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("Ley de Modificaciones Estructurales"), se hace público que, con fecha 4 de mayo de 2021, el accionista único de Vida-Caixa, S.A.U., de Seguros y Reaseguros ("VidaCaixa"), y de Bankia Pensiones, S.A.U., E.G.F.P. ("Bankia Pensiones"), ha aprobado el proyecto común de fusión redactado y suscrito por sus respectivos Consejos de Administración con fechas 20 y 19 de abril de 2021, así como la fusión por absorción de Bankia Pensiones por VidaCaixa, que supondrá la extinción, vía disolución sin liquidación, de Bankia Pensiones y el traspaso en bloque a título universal de su patrimonio a VidaCaixa, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de Bankia Pensiones. El accionista único de VidaCaixa y de Bankia Pensiones ha aprobado como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2020, debidamente verificados por los respectivos auditores de cuentas.

La eficacia de la fusión está condicionada, con carácter suspensivo, a la obtención de la preceptiva autorización de la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de acuerdo con lo previsto en el artículo 90 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, en el artículo 110 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, y demás legislación concordante.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Igualmente, se hace constar el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de VidaCaixa y de Bankia Pensiones cuyos créditos no se hallen suficientemente garantizados en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales, durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 4 de mayo de 2021.- El Secretario no consejero de Vida-Caixa, S.A.U., de Seguros y Reaseguros, Óscar Figueres Fortuna.- El Secretario no consejero de Bankia Pensiones, S.A.U., E.G.F.P., David Lara López.

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