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Documento BORME-C-2022-5429

GOMA CAMPS CONSUMER, S.L.U
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOFTPAPER, S.L.U
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 146, páginas 6560 a 6560 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5429

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que los Socios Únicos de "GOMA CAMPS CONSUMER, S.L.U" (la "Sociedad Absorbente") y "SOFTPAPER, S.L.U" (la "Sociedad Absorbida") en ejercicio de las competencias propias de la Junta General, por acuerdos adoptados en fecha 1 de junio de 2022, han aprobado la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, de la que la ésta adquirirá, por sucesión universal, el patrimonio, así como todos los derechos y obligaciones afectos al mismo, quedando la Sociedad Absorbida disuelta sin liquidación como consecuencia de la referida operación de fusión, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Asimismo, los Socios Únicos de las Sociedades Absorbida y Absorbente, en ejercicio de las competencias propias de la Junta General aprobaron en la misma fecha los Balances de Fusión cerrados a 31 de diciembre de 2021 todo ello en los términos y condiciones expuestos en el Proyecto Común de Fusión redactado y firmado en fecha 30 de mayo de 2022, por el órgano de administración de las sociedades intervinientes en la fusión.

La fusión se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones del artículo 49.1 LME, por remisión expresa del artículo 52.1 LME, dado que la Sociedad Absorbida es titular de forma directa de todas las participaciones sociales de la Sociedad Absorbente.

Asimismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar de modo expreso el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades partícipes en la fusión, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de fusión, así como, el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión, asiste a los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades partícipes en la fusión cuyos créditos no se hallen suficientemente garantizados en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

En Ejea de los Caballeros (Zaragoza), 28 de julio de 2022.- D. Matías Goma-Camps Reboltós, Como administrador único de Goma Camps Consumer, S.L.U. y Softpaper, S.L.U.

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