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Documento BORME-C-2019-259

AUTOS VELASCO, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TALLERES NAVALCARNERO, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 16, páginas 311 a 311 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-259

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que por decisión del socio único de Autos Velasco, S.L.U., la sociedad Papingo Holding, S.L. de fecha 30 de junio de 2018 se acordó la fusión por absorción de Talleres Navalcarnero, S.L.U. por Autos Velasco, S.L.U., siendo la primera sociedad absorbida y la segunda, sociedad absorbente, con disolución sin liquidación de Talleres Navalcarnero, S.L.U. y transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, según los términos establecidos en el Proyecto de Fusión de 30 de junio de 2018.

La fusión tiene carácter de impropia, por cuanto las sociedades que se fusionan están íntegramente participadas por Papingo Holding, S.L. y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 por remisión del artículo 52 de la mencionada Ley 3/2009, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital social de la sociedad absorbente, ni la aprobación de la fusión por el socio único de la sociedad absorbida. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes del Proyecto Común de Fusión. No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la mencionada Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Leganés, 30 de junio de 2018.- Administrador solidario, Noelia Velasco García.

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