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Documento BORME-C-2019-37

SENECA SEIS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MAYORFARMA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 4, páginas 40 a 40 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-37

TEXTO

A los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo, "LME") y, por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que las Juntas Generales Universales de socios de las sociedades "Seneca Seis, S.L." y "Mayorfarma, S.L.", celebradas todas ellas el 28 diciembre de 2018, aprobaron, por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "Seneca Seis, S.L.", de su participada "Mayorfarma, S.L." (sociedad absorbida íntegramente participada por la sociedad absorbente, que es el socio único de la sociedad absorbida), mediante transmisión a título universal del patrimonio de la sociedad participada a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación o extinción de la sociedad absorbida, según los términos acordados por la Junta General de la Sociedad Absorbente, todo ello de acuerdo con el proyecto de fusión suscrito al efecto, de forma conjunta, por los administradores de las sociedades que participan en la fusión.

Como consecuencia de la fusión acordada no es preciso aumentar el capital social en la sociedad absorbente al tratarse de una absorción de una sociedad íntegramente participada por los mismos socios, en la misma exacta proporción, que los de la sociedad absorbente. Por tratarse de acuerdos adoptados en los términos del artículo 42 de la LME, con la asistencia de todos los socios de todas las sociedades y por unanimidad, no son aplicables a estas operaciones las normas generales que sobre el proyecto y el balance de fusión se establecen en la LME, ni aquellas relativas a la información prevista en el artículo 39 de la misma Ley. Asimismo, de conformidad con el mencionado artículo de la LME y demás normativa aplicable a esta operación, no se exige la emisión de informes de administradores y expertos independientes relativos a la fusión aprobada, si bien en el presente caso, los administradores de las sociedades participantes en el proceso han suscrito de forma conjunta un proyecto de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 28 de diciembre de 2018.- El Administrador de "Seneca Seis, S.L.", Arcadio Gil Pujol.- La Administradora única de "Mayorfarma, S.L.", María José Peña Ros.

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