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Documento BORME-C-2019-6265

TEJAR BALEAR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 145, páginas 7381 a 7381 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-6265

TEXTO

Según lo previsto en el artículo 319 del TR de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante TRLSC), se hace público que la Junta General Universal de Accionistas de Tejar Balear, S.A. (en adelante, la "Sociedad"), celebrada el pasado 30 de junio de 2019, adoptó, por unanimidad, previa compensación de pérdidas con cargo a reservas, el acuerdo de reducir el capital social de la Sociedad mediante la amortización de 16.952 acciones de la Sociedad, y la modificación del artículo 6.º de los Estatutos sociales.

El importe de la reducción asciende a la cifra de 1.018.815,20 euros, es decir, desde los 2.701.615,20 euros anteriores a 1.682.800,00 euros, mediante la amortización de 16.952 acciones ordinarias con derecho a voto de 60,10 euros de valor nominal cada una.

La finalidad de la reducción de capital es compensar las pérdidas de la sociedad que quedaron pendientes tras la aplicación de reservas, destinándose el importe de la reducción de capital a compensar parcialmente la partida "Resultados Negativos de Ejercicios Anteriores" por un importe de 850.535,20 euros, que queda reducida a 507.326,58 euros, y la cantidad restante, de 168.280,00 euros, a la Reserva Legal, de conformidad con el artículo 325 de la TRLSC.

Tras la reducción del capital social, las pérdidas de la sociedad quedan reducidas a 507.326,58 euros.

Según el artículo 323 de la TRLSC, la presente reducción de capital toma como referencia el Balance de la sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2018 aprobado por la citada Junta General, y sometido a la verificación por el Auditor de Cuentas designado al efecto, la firma Checking Balear, S.L., según el informe de auditoría. Dicho Balance e informe del auditor se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.

En virtud del artículo 335.a) del TR de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital.

A la vista de lo anterior, se acordó modificar el artículo 6 de los Estatutos sociales.

Petra, 26 de julio de 2019.- El Administrador único, Sebastián Adrover Bonet.

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