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Documento BORME-C-2019-6635

CLYMAGRUP JCT, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CLYMA LIMPIEZAS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 154, páginas 7812 a 7812 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6635

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios de Clymagrup JCT, S.L. (Sociedad Absorbente), y el socio único de Clyma Limpiezas, S.L.U. (Sociedad Absorbida), han decidido, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 40 de la LME ("acuerdo de fusión"), aprobar con fecha 1 de agosto de 2019 la fusión de Clymagrup JCT, S.L. (Sociedad Absorbente), y Clyma Limpiezas, S.L.U. (Sociedad Absorbida), en virtud de la cual se procede a la absorción de la Sociedad Absorbida mediante su extinción sin liquidación con la transmisión en bloque y a título universal de la totalidad de su patrimonio social a Clymagrup JCT, S.L., la cual quedará subrogada en la titularidad de todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello con arreglo a los Balances de Fusión cerrados a 31 de diciembre de 2018 y a los términos del Proyecto Común de Fusión por absorción formulado por la totalidad de los administradores de las sociedades intervinientes con fecha 28 de junio de 2019.

El acuerdo de fusión ha sido aprobado por unanimidad de la Junta General Extraordinaria de la Sociedad Absorbente celebrada con carácter universal, así como por el socio único de la Sociedad Absorbida, resultando por tanto de aplicación la previsión del artículo 42 de la LME ("acuerdo unánime de fusión").

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión a oponerse a la misma durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en los artículos 43 y 44 de la LME.

Erandio, 2 de agosto de 2019.- El Administrador único de Clymagrup, S.L., y de Clyma Limpiezas, S.L.U., Francisco Javier Campuzano Talasac.

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