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Documento BORME-C-2019-7894

INGENIERÍA AVANZADA SOLAR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERSIÓN SOLAR ANDALUCÍA 1, S.L.U.
INVERSIÓN SOLAR ANDALUCÍA 2, S.L.U.
INVERSIÓN SOLAR ANDALUCÍA 3, S.L.U.
INVERSIÓN SOLAR ANDALUCÍA 4, S.L.U.
INVERSIÓN SOLAR ANDALUCÍA 5, S.L.U.
INVERSIÓN SOLAR ANDALUCÍA 6, S.L.U.
INVERSIÓN SOLAR ANDALUCÍA 7, S.L.U.
INVERSIÓN SOLAR ANDALUCÍA 8, S.L.U.
INVERSIÓN SOLAR ANDALUCÍA 9, S.L.U.
INVERSIÓN SOLAR ANDALUCÍA 10, S.L.U.
INVERSIÓN SOLAR ANDALUCÍA 11, S.L.U.
INVERSIÓN SOLAR ANDALUCÍA 12, S.L.U.
INVERSIÓN SOLAR ANDALUCÍA 14, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 210, páginas 9221 a 9221 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-7894

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas.

A los efectos del artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que la Junta General Universal de socios de 28 de junio de 2019 de INGENIERÍA AVANZADA SOLAR, S.L., ha aprobado por unanimidad la fusión por absorción de las 13 sociedades íntegramente participadas antes citadas que conforme al proyecto común de fusión de 28 de junio de 2019, se extinguirán sin liquidación traspasando en bloque sus patrimonios a la Sociedad Absorbente, a título de sucesión universal, subrogándose en la posición jurídica de estas a todos los efectos, habiéndose aprobado los balances de todas las sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2018.

Al estar las Sociedades Absorbidas íntegramente participadas por la Sociedad Absorbente, la presente fusión por absorción se realiza mediante el procedimiento previsto en el artículo 49 de la LME, por lo que no resulta necesaria la aprobación de la fusión por parte del Socio Único de las Sociedades Absorbidas. No obstante ha quedado depositado el proyecto de fusión en el Registro mercantil de Barcelona con el nº 133.

De acuerdo con el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores según el artículo 44 de la LME en el plazo de un mes contado desde la fecha de la última publicación que se realice del presente anuncio.

Sant Cugat del Vallès, 28 de octubre de 2019.- La Administradora, María José Morales Jiménez.

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