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Documento BORME-C-2019-8115

MC ALOJAMIENTOS VACACIONALES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BLUE ACCOMMODATION, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 9462 a 9462 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8115

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME, en lo sucesivo), se hace público que el 30 de junio de 2019 el socio único de las mercantiles "MC Alojamientos Vacacionales, S.L.U." y "Blue Accommodation, S.L.U.", ejerciendo las competencias que tienen atribuidas, tomó la decisión consistente en aprobar la fusión por absorción de "Blue Accommodation, S.L.U." (Sociedad Absorbida) por parte de "MC Alojamientos Vacacionales, S.L.U." (Sociedad Absorbente), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión por absorción suscrito el día 30 de junio de 2019 por los órganos de administración de la sociedad absorbente y de la absorbida, que fue aprobado por el socio único de cada una de las sociedades participantes en la fusión.

Todas las sociedades están participadas por el mismo socio, por lo que se trata de un supuesto de fusión entre sociedades gemelas y, en consecuencia, por remisión del artículo 52.1 de la LME, la fusión tiene el carácter especial de absorción de sociedad íntegramente participada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la LME.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto común de fusión por absorción.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Alicante, 30 de junio de 2019.- El Administrador único de MC Alojamientos Vacacionales, S.L. Unipersonal y Blue Accommodation, S.L. Unipersonal, Juan Antonio Martín González.

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