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Documento BORME-C-2019-9116

DEPÓSITOS COMERCIALES CEUTÍES, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 237, páginas 10569 a 10571 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-9116

TEXTO

La Junta General Extraordinaria de DEPÓSITOS COMERCIALES CEUTÍES, S.A. (en adelante, DECOCESA), celebrada en primera convocatoria el día 22 de noviembre de 2019, aprobó bajo el punto segundo de su Orden del día, un aumento de capital liberado con cargo a reservas y beneficios por un importe máximo de 1.538.376 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de un máximo de 833 acciones al portador de la misma clase y serie y con los mismos derechos que las actualmente en circulación delegando en el Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en el art. 297.1 a) de la Ley de Sociedades de Capital, la facultad de señalar la fecha en la que el acuerdo adoptado de aumentar el capital debe llevarse a efecto, en el plazo máximo de un (1) año a contar desde su adopción.

A continuación, se detallan los términos y condiciones relativos a la ejecución del aumento de capital acordados por la Junta General:

1. Importe máximo del capital social y número máximo de acciones a emitir: el capital social se aumentará en un importe máximo de 1.538.376 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de un máximo de 833 acciones al portador de valor nominal de 12,020242 euros con una prima de emisión de 1.834,7698 euros por acción con los mismos derechos que las actualmente en circulación.

2. Contraprestación y balance que sirve de base: la ejecución del aumento se realiza íntegramente con cargos a reservas voluntarias y beneficios. El balance que sirve de base al aumento de capital es de fecha 30 de septiembre de 2019 dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 303.2 de la LSC y ha sido auditado por doña Mercedes Garrido Ruiz y aprobado en Junta General de Accionistas de fecha 22 de noviembre de 2019.

3. Fórmula de asignación de las acciones nuevas a emitir: partiendo de la premisa de que cada acción contiene un derecho de asignación gratuita, a cada uno de los accionistas que opten por ello, se les podrá asignar un número de acciones proporcional a las que ya posean. El valor de cada acción ha sido determinado por la auditora de cuentas doña Mercedes Garrido Ruiz ascendiendo a la cifra de 1.846,79 euros por acción, lo que implica que serán necesarios seis (6) derechos de asignación gratuita para la asignación de una acción nueva.

4. Plazo de opción y procedimiento: los accionistas de la Sociedad, previa acreditación de sus acciones, recibirán un derecho de asignación gratuita por cada 1 acción que posean en ese momento. Estos derechos serán negociables y, por tanto, podrán ser transmitidos, previa notificación a la Sociedad en caso de que sea ésta la adquirente de los derechos. Por tanto, los accionistas deberán comunicar, durante un plazo de quince (15) días naturales a contar desde la publicación del presente anuncio (en adelante "el Plazo de Opción"), si optan por la venta de sus derechos de asignación gratuita o si por el contrario su deseo es suscribir la ampliación de capital. Finalizado dicho plazo, respecto a los derechos de los accionistas que no hayan realizado una comunicación expresa a la sociedad se convertirán automáticamente en acciones de nueva emisión, que serán atribuidas a quienes, en ese momento, sean titulares de los referidos derechos de asignación gratuita, salvo para el supuesto previsto en el apartado c) cuya opción deberá ser comunicada en el plazo máximo de cinco (5) días naturales a contar desde el otorgamiento de la escritura de adquisición indicada en dicho apartado.

En el caso de que el accionista hubiera optado por la asignación de acciones nuevas, pero no reuniera el número suficiente de acciones antiguas para obtener una acción nueva completa, el valor de la acción o acciones sobrantes que no completen el canje para una acción nueva será abonado en metálico.

El número concreto de acciones a emitir con motivo del Aumento de Capital con cargo a reservas y beneficios y, por tanto, el número de derechos necesarios para la asignación de una acción nueva se ha obtenido en función del valor determinado en el informe del auditor.

Con motivo del aumento de capital, la Sociedad asume un compromiso irrevocable de compra de los referidos derechos de asignación gratuita a un precio fijo (en adelante, el "Compromiso de Compra") que estará vigente y podrá ser ejercitado durante un plazo de un (1) mes a contar desde la finalización del Plazo de Opción. De esta forma, la Sociedad garantiza a todos los accionistas la posibilidad de monetizar sus derechos en caso de que hayan comunicado a la sociedad su intención en este sentido. El precio de cada uno de los derechos y por tanto su precio de compra por la Sociedad se fija en 307,79 € cuyo cálculo se ha realizado en base al informe de valoración puesto a disposición de los accionistas.

La adquisición por parte de la Sociedad de los derechos de asignación gratuita como consecuencia del compromiso de compra se realizará con cargo a las reservas y beneficios previstos en los artículos 303.1 y 295.2 LSC.

Conforme a lo anteriormente transcrito, los accionistas a los cuales se les asignen los derechos de asignación gratuita en virtud del aumento de capital deberán, previa acreditación de las acciones que titulan, notificar expresamente a la Sociedad mediante burofax y dentro del Plazo de la Opción (en adelante, la "Notificación del Accionista"), una de las siguientes opciones:

a) Si optan por no transmitir sus derechos de asignación gratuita y por tanto suscribir la ampliación de capital. En tal caso, a la finalización del Plazo de Opción y una vez otorgada la Escritura de ampliación de capital, el accionista recibirá acciones nuevas – en la proporción que le corresponda – totalmente liberadas.

Una vez recibida la "Notificación del Accionista" y transcurrido el Plazo de la Opción, la Sociedad procederá a comunicar la Notaria, fecha, lugar y hora a los efectos de que comparezca y pueda retirar los títulos al portador que le correspondan, tras la firma de la escritura pública de ampliación de capital, así como en su caso, el sobrante en metálico que será abonado mediante cheque bancario, previa acreditación de su condición de accionista. Dicha comunicación se realizará por parte de la Sociedad con una antelación mínima de diez (10) días naturales.

b) Transmitir la totalidad de sus derechos de asignación gratuita a la Sociedad en virtud del Compromiso de Compra a un precio fijo garantizado por la Sociedad. De esta forma, el accionista optaría por monetizar sus derechos y percibir en efectivo un importe equivalente al pago del dividendo que, en su caso, la Sociedad hubiera procedido a repartir.

Una vez recibida la "Notificación del Accionista" en este sentido, la Sociedad requerirá igualmente al accionista para que comparezca ante Notario, con indicación de la fecha, lugar y hora a los efectos de percibir el pago del dividendo en metálico mediante cheque bancario y en todo caso, previa acreditación de su condición de accionista.

En el supuesto de que el accionista no acudiera a la Notaria, el importe quedará depositado a su nombre en la Sociedad durante el plazo legalmente exigido.

c) Transmitir la totalidad de sus derechos de asignación gratuita en el mercado, esto es, entre accionistas o a un tercero, durante el Plazo de la Opción. En este caso, el accionista también optaría por monetizar sus derechos, si bien en este supuesto no recibiría un precio fijo garantizado por la Sociedad, sino el importe negociado con el tercero.

A estos efectos, el adquirente deberá notificar por burofax a la Sociedad dentro de los cinco (5) días naturales siguientes a la fecha de adquisición de los derechos o acciones, que ha adquirido los mismos aportando copia de la escritura pública de adquisición de dichos derechos o acciones. Asimismo, en la misma comunicación el tercero adquirente deberá indicar por cuál de las alternativas anteriores opta, entendiéndose, de nuevo en este caso, que si no opta por ninguna alternativa, suscribirá acciones nuevas.

La mencionada comunicación será requisito esencial para que la Sociedad pueda notificar la fecha, hora y lugar en que tendrá lugar la consiguiente entrega de las acciones al portador y en su caso, cheque que le pudiera corresponder al accionista adquirente de los derechos de asignación gratuita, tras la elevación a público de la ampliación de capital. Los plazos para notificarle la comparecencia en la notaria serán los mismos que para los dos casos anteriores.

En cualquiera de los supuestos, la acreditación de la condición de accionista debe realizarse previa exhibición de los títulos al portador o certificado de depósito de los títulos emitido por una entidad bancaria con fecha del día de la acreditación. A dicha documentación habrá que aportar la documentación acreditativa de la adquisición de dichas acciones en la forma que el notario considere suficiente.

Se hace constar expresamente que en el supuesto de que la Sociedad no hubiera recibido en tiempo y forma la "Notificación del Accionista", se entenderá automáticamente que el Accionista ha optado por acudir al aumento de capital y recibir las acciones liberadas de nueva creación que le correspondan, sin que la Sociedad tenga la obligación de notificarles día, lugar y hora de la elevación a público de la ampliación de capital.

Las acciones nuevas que no hubieran podido ser asignadas por causas no imputables a la Sociedad se mantendrán en depósito por parte de la Sociedad y a disposición de los accionistas, que previa exhibición de sus títulos al portador, acrediten la legítima titularidad de los correspondientes derechos de asignación gratuita.

5. Asignación incompleta: el acuerdo de aumento de capital aprobado por la Junta General celebrada el 22 de noviembre de 2019 ha previsto expresamente la posibilidad de que el mismo se realice de forma incompleta. Por tanto, al terminar el plazo de Opción, el Consejo de Administración procederá a determinar el importe definitivo en que el capital social quedará aumentado.

Ceuta, 11 de diciembre de 2019.- El Secretario no Consejero, Juan Manuel Borrás Martínez.

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