Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BORME-C-2019-9314

AL RIMA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MC HOTELS, B.V.
ARIA HOLDING, B.V.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 244, páginas 10800 a 10801 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-9314

TEXTO

Anuncio de fusión transfronteriza intracomunitaria.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME"), aplicable por remisión de sus artículos 55 y 66.1, se hace público que la Junta General extraordinaria y universal de los accionistas de AL Rima, S.A. (Sociedad absorbente), y los acuerdos del Socio Único de las sociedades holandesas MC Hotels, B.V., y Aria Holding, B.V. (Sociedades absorbidas), han aprobado, en fecha 12 de diciembre de 2019, la fusión transfronteriza intracomunitaria de dichas sociedades mediante la absorción de las sociedades holandesas por la sociedad española AL Rima, S.A., que adquirirá, a título de sucesión universal, el patrimonio íntegro y todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, con disolución sin liquidación de éstas últimas, en los términos del Proyecto Común de Fusión Transfronteriza Intracomunitaria suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes el 29 de octubre de 2019, depositado en la Cámara de Comercio holandesa el 31 de octubre de 2019. Se hace constar asimismo, que la fusión aprobada es una fusión intragrupo especial en la que las sociedades absorbidas son titulares de forma directa de todas las acciones de la sociedad absorbente, tratándose por tanto de una fusión inversa directa.

En la medida en que las sociedades absorbidas están constituidas bajo ley holandesa y la Sociedad Absorbente es una sociedad constituida bajo ley española, la fusión es una fusión transfronteriza intracomunitaria que se rige por lo establecido en las respectivas leyes personales de las sociedades que participan en la misma que trasponen la Directiva 2017/1132, y, en concreto, (a) el Libro 2, Título 7 del Código Civil Holandés (DDC) y (b) el Capítulo II del Título II de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME).

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en los artículos 52 y 49 de la LME, al tratarse de una fusión por absorción inversa en la que las sociedades absorbidas son titulares de forma directa de todas las acciones en que se divide el capital social de la sociedad absorbente.

Los balances de fusión aprobados se corresponden con los balances de situación de las sociedades intervinientes cerrados a 1 de julio de 2019, estando debidamente auditado el de la sociedad absorbente. Las operaciones de las Sociedades Absorbidas se entenderán realizadas a efectos contables por la Sociedad Absorbente a partir del 1 de enero de 2019.

Habiéndose aprobado la fusión por decisión del socio único de MC Hotels, B.V., y Aria Holding, B.V., y por unanimidad de la Junta General de socios de AL Rima, S.A., al amparo de lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, no procede la publicación ni el depósito previo de los documentos exigidos por la Ley.

Se hace constar expresamente, conforme a los artículos 43 y 66 de la LME, el derecho de los socios y de los acreedores de las sociedades intervinientes a obtener, de manera gratuita, información exhaustiva sobre las condiciones de la fusión y, en particular, el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, y el proyecto de fusión, el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, los balances de fusión, el Informe de auditores del balance de la sociedad absorbente, y demás información relevante, así como las condiciones de ejercicio del derecho de oposición que corresponde a los socios y acreedores, dirigiéndose al domicilio social de la Sociedad Absorbente, AL Rima, S.A., (domiciliada en Marbella, Málaga - 29.602, urbanización Puente Romano).

En virtud del artículo 44 de la LME, se reconoce el derecho de los acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales, a oponerse a la fusión transfronteriza en los términos y con los efectos legales previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último de los anuncios del acuerdo de fusión.

Málaga, 14 de diciembre de 2019.- El Secretario no consejero de AL Rima, S.A., Miguel Ruiz Jiménez.

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid