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Documento BORME-C-2020-4772

PROCARTÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FERCARTÓN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 166, páginas 5829 a 5829 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-4772

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Ordinaria, Extraordinaria y Universal de Accionistas de "Procarton, S.A." (Sociedad Absorbente) celebrada el 30 de junio de 2020, y la Junta General Ordinaria, Extraordinaria y Universal de Socios de la sociedad "Fercarton, S.L." (Sociedad Absorbida) celebrada el 30 de junio de 2020, han decidido, cada una de ellas, aprobar por unanimidad la fusión por absorción de dichas sociedades con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y traspaso en bloque de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los activos y pasivos, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello en los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito por los Consejos de Administración de ambas sociedades en fecha 1 de junio de 2020.

La fusión por absorción se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 de la LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del Proyecto Común de Fusión en el Registro Mercantil.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49.1 de la LME por remisión del artículo 52.1 de dicha Ley, por lo que no proceden: (I) la inclusión en el Proyecto Común de Fusión de las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de la LME, (II) los informes de los administradores y expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión, (III) el aumento de capital social en la Sociedad Absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan, cuyo crédito hubiera nacido antes de la fecha del presente anuncio, y siempre que no se encuentre ya suficientemente garantizado, a oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Asimismo, se hace constar el derecho de información que corresponde a los representantes de los trabajadores sobre la fusión, a tenor del artículo 42.2 de la LME.

Arganda del Rey (Madrid), 24 de agosto de 2020.- Secretario de los Consejos de Administración de las sociedades Procarton, S.A. y Fercarton, S.L, D. Ángel Tutor Rubio.

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