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Documento BORME-C-2020-7048

GANUZA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ANDAMIOS ACHUCARRO, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 8562 a 8562 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7048

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el accionista único de GANUZA, S.A. Unipersonal (Sociedad Absorbente), y de ANDAMIOS ACHUCARRO, S.A. Unipersonal (Sociedad Absorbida), ha decidido, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la LME ("absorción de sociedades íntegramente participadas") aplicable por remisión del artículo 52.1 de la LME ("absorción asimilada a la absorción de sociedades íntegramente participadas"), aprobar con fecha 16 de noviembre de 2020, la fusión de GANUZA, S.A. Unipersonal (Sociedad Absorbente), y ANDAMIOS ACHUCARRO, S.A. Unipersonal (Sociedad Absorbida), en virtud de la cual se procede a la absorción de la Sociedad Absorbida mediante su extinción sin liquidación con la transmisión en bloque y a título universal de la totalidad de su patrimonio social a GANUZA, S.A. Unipersonal, la cual quedará subrogada en la titularidad de todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida. La operación de fusión se realiza con arreglo a los Balances de Fusión cerrados a 31 de agosto de 2020 y a los términos del Proyecto Común de Fusión por absorción asimilada a la absorción de sociedades íntegramente participadas formulado por la totalidad de los administradores de las sociedades intervinientes con fecha 26 octubre de 2020.

El acuerdo de fusión ha sido aprobado por el socio único de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, resultando por tanto de aplicación la previsión del artículo 42 de la LME ("acuerdo unánime de fusión").

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión a oponerse a la misma durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en los artículos 43 y 44 de la LME.

Arrigorriaga, 16 de noviembre de 2020.- El Presidente de los Consejos de Administración de GANUZA, S.A.U. (Sociedad absorbente) y de ANDAMIOS ACHUCARRO, S.A.U. (Sociedad absorbida), Galo Álvarez Goicoechea.

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