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Documento BORME-C-2020-7185

CITEL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DIACIT, S.L.
TILBURY, S.L.
LONCAR, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 8716 a 8716 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7185

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se publica que, el 18 de noviembre de 2020, el socio único común de las compañías CITEL, S.L. (sociedad absorbente), DIACIT, S.L.; TILBURY, S.L. y LONCAR, S.L. (sociedades absorbidas), ejerciendo las competencias de las Juntas Generales de dichas sociedades, ha decidido aprobar la fusión por absorción de DIACIT, S.L.; TILBURY, S.L. y LONCAR, S.L. por CITEL, S.L. En consecuencia, CITEL, S.L., adquiere en bloque, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, DIACIT, S.L.; TILBURY, S.L. y LONCAR, S.L., que quedan disueltas, habiéndose aprobado asimismo los Balances de fusión de ambas sociedades, cerrados a 31 de agosto de 2020, todo ello de conformidad con los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito y formulado en fecha 18 de noviembre de 2020 por los Administradores Únicos de las sociedades intervinientes en la fusión.

La fusión acordada es una fusión especial sometida al régimen del artículo 52.1 de la LME en relación con el artículo 49 de la misma Ley, por tratarse de una fusión simplificada de sociedades gemelas, siéndole de aplicación lo dispuesto para la absorción de sociedades íntegramente participadas.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios, representantes de los trabajadores y acreedores que son parte en las operaciones de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión por absorción, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello según lo establecido en los artículos 43 y 44 de la LME.

Madrid, 18 de noviembre de 2020.- El Administrador único de Citel, S.L.; Diacit, S.L.; Tilbury, S.L. y Loncar, S.L., Marc Vila Bros.

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