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Documento BORME-C-2020-7189

EVERPLANE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COSTA FONTANILLA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 8720 a 8720 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7189

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de Socios de EVERPLANE, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), celebrada con fecha 19 de noviembre de 2020, así como el Socio único de COSTA FONTANILLA, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), por decisión de fecha 19 de noviembre de 2020, han aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (conjuntamente las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 30 de junio de 2020 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque y a título universal del patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. La Sociedad Absorbente se subrogará en todos los derechos y obligaciones que ostenta la Sociedad Absorbida.

En la medida en que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por unanimidad de todos los socios con derecho a voto en reunión universal de la Junta General de Socios de la Sociedad Absorbente, así como por decisión del Socio único de la Sociedad Absorbida, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Marbella (Málaga), 19 de noviembre de 2020.- El Administrador único de Costa Fontanilla, S.L.U., y de Everplane, S.L., José Luque García.

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