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Documento BORME-C-2021-1101

ENDESA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 56, páginas 1428 a 1440 (13 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2021-1101

TEXTO

El Consejo de Administración de ENDESA, S.A. (la "Sociedad"), con fecha 22 de marzo de 2021, ha acordado convocar la Junta General Ordinaria de Accionistas de Endesa que se celebrará por vía exclusivamente telemática, el día 30 de abril de 2021, a las 12:30 horas, en convocatoria única, con el siguiente

Orden del día

Primero.- Aprobación de las Cuentas Anuales Individuales de ENDESA, S.A. (Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto: Estado de Ingresos y Gastos Reconocidos y Estado Total de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Efectivo y Memoria), así como de las Cuentas Anuales Consolidadas de ENDESA, S.A., y Sociedades Dependientes (Estado de Situación Financiera Consolidado, Estado del Resultado Consolidado, Estado de otro Resultado Global Consolidado, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto Consolidado, Estado de Flujos de Efectivo Consolidado y Memoria), correspondientes al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2020.

Segundo.- Aprobación del Informe de Gestión Individual de ENDESA, S.A., y del Informe de Gestión Consolidado de ENDESA, S.A., y Sociedades Dependientes correspondientes al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2020.

Tercero.- Aprobación del Estado de Información no Financiera y Sostenibilidad de su Grupo Consolidado correspondiente al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2020.

Cuarto.- Aprobación de la gestión social correspondiente al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2020.

Quinto.- Aprobación de la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2020.

Sexto.- 6. Modificación de los Estatutos Sociales. 6.1 Incorporación en los Estatutos Sociales de un nuevo artículo 26 ter para prever la posibilidad de celebrar la Junta General de forma exclusivamente telemática. 6.2 Modificación de los artículos 26.bis, 27, 30 y 33 de los Estatutos Sociales para permitir a los representantes de los accionistas asistir telemáticamente a las Juntas Generales e incorporar otras mejoras relacionadas con la asistencia telemática. 6.3 Modificación del artículo 40 de los Estatutos Sociales para introducir mejoras técnicas en la regulación de la retribución de los administradores. 6.4 Modificación del artículo 43 de los Estatutos Sociales para actualizar la regulación de las reuniones del Consejo de Administración celebradas por medios telemáticos.

Séptimo.- 7. Modificación del Reglamento de la Junta General de Accionistas. 7.1 Incorporación en el Reglamento de la Junta General de Accionistas de un nuevo artículo 10 ter para prever la posibilidad de celebrar la Junta General de forma exclusivamente telemática. 7.2 Modificación de los artículos 9, 10, 10 bis, 11, 16 y 21 del Reglamento de la Junta General de Accionistas para permitir a los representantes de los accionistas asistir telemáticamente a las Juntas Generales e incorporar otras mejoras relacionadas con la asistencia telemática.

Octavo.- Fijación del número de miembros del Consejo de Administración en once.

Noveno.- Votación con carácter vinculante del Informe anual sobre las Remuneraciones de los Consejeros.

Décimo.- Aprobación de la Política de Remuneraciones de los Consejeros 2021-2023.

Undécimo.- Aprobación del Incentivo Estratégico 2021-2023.

Duodécimo.- Delegación en el Consejo de Administración para la ejecución y desarrollo de los acuerdos que se adopten por la Junta, así como para sustituir las facultades que reciba de la Junta, y concesión de facultades para la elevación a instrumento público e inscripción de dichos acuerdos.

CELEBRACIÓN DE LA JUNTA EXCLUSIVAMENTE TELEMÁTICA. En atención a la situación sanitaria ocasionada por el COVID-19, y con el propósito de proteger la salud de los accionistas, empleados, proveedores, administradores y ciudadanos en general, y siguiendo las medidas extraordinarias señaladas por la legislación en relación con la celebración de las Juntas Generales y, en concreto, considerando lo dispuesto en la letra a) del apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, tras su modificación por la Disposición final octava del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, que establece que: "Excepcionalmente, durante el año 2021, el órgano de administración podrá acordar en el anuncio de convocatoria la celebración de la junta por vía exclusivamente telemática, esto es, sin asistencia física de los socios o de sus representantes, siempre que se acompañe de garantías razonables para asegurar la identidad del sujeto que ejerce su derecho de voto y se ofrezca la posibilidad de participar en la reunión por todas y cada una de estas vías: (i) asistencia telemática; (ii) representación conferida al Presidente de la Junta por medios de comunicación a distancia y (iii) voto anticipado a través de medios de comunicación a distancia. Los administradores podrán asistir a la reunión, que se considerará celebrada en el domicilio social con independencia de donde se halle el Presidente de la Junta, por audioconferencia o videoconferencia.", el Consejo de Administración de Endesa ha decidido: Convocar su Junta General Ordinaria de Accionistas 2021, por vía exclusivamente telemática, sin asistencia física de los accionistas o de sus representantes. A los efectos oportunos, la Junta General Ordinaria de Accionistas de Endesa se considerará celebrada en Madrid, en el domicilio social, calle Ribera del Loira, n.º 60. La celebración de la reunión por esta vía se acompaña de garantías razonables para asegurar la identidad de los sujetos que ejerzan su derecho de voto y se ofrece la posibilidad de participar en la reunión por todas y cada una de estas vías: (i) asistencia telemática; (ii) representación conferida al Presidente de la Junta por medios de comunicación a distancia y (iii) voto anticipado a través de medios de comunicación a distancia. Por último, los administradores podrán asistir a la reunión, por audioconferencia o videoconferencia. Complemento de la convocatoria. De conformidad con los artículos 172 y 519 de la Ley de Sociedades de Capital los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria incluyendo uno o más puntos en el Orden del día de la Junta General, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social de la Sociedad, calle Ribera del Loira, n.º 60, 28042 Madrid, a la atención del Secretario del Consejo de Administración, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria. Presentación de propuestas. De conformidad con el artículo 519.3 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social podrán presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el Orden del Día de la Junta. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social de la Sociedad, calle Ribera del Loira, n.º 60, 28042 Madrid, a la atención del Secretario del Consejo de Administración, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria. Intervención de Notario en la Junta. El acta de la reunión de la Junta General Ordinaria de Accionistas será extendida por un Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, requerido al efecto por los Administradores, de conformidad con lo establecido en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con el artículo 101 del Reglamento del Registro Mercantil, el artículo 34 de los Estatutos Sociales y el artículo 22 del Reglamento de la Junta General. Solicitud pública de representación. De conformidad con la letra a) del apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, todo accionista que tenga inscritas sus acciones en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a su celebración podrá hacerse representar en la Junta General Ordinaria de Accionistas por medio del Presidente de la Junta, con arreglo a lo establecido sobre esta materia en los artículos 186 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General. Se aplicarán, salvo indicación contraria del accionista representado, las siguientes reglas: 1. Cuando el accionista que confiera su representación no indique otra cosa, se entenderá que ha otorgado instrucciones precisas al representante para que vote a favor de todas las propuestas formuladas por el Consejo de Administración en relación con los puntos comprendidos en el orden del día de la convocatoria. En el caso de que en la Junta General Ordinaria de Accionistas se voten propuestas de acuerdo, fuera del orden del día, el representante ejercerá el voto en el sentido que estime más favorable para los intereses del accionista representado. En el caso de que accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social, hayan ejercido el derecho de "Complemento de la convocatoria" o de "Presentación de propuestas", la Sociedad difundirá de inmediato tales puntos complementarios y nuevas propuestas de acuerdo y hará público un nuevo modelo de Tarjeta de Asistencia, Representación y Voto a Distancia con las modificaciones precisas para que puedan votarse los nuevos puntos del orden del día y propuestas alternativas de acuerdo, en los mismos términos que los propuestos por el Consejo de Administración. 2. En el supuesto de que no se designe a la persona a quien se otorga la representación, la misma se entenderá conferida al Presidente de la Junta. 3. Si el Presidente de la Junta se encontrase legalmente en situación de conflicto de interés en la votación de alguna de las propuestas que, dentro o fuera del Orden del Día, se sometan a la Junta General de Accionistas, y no contase con instrucciones precisas de voto, o, contando con estas, considere preferible no ejercer la representación en relación con los puntos a los que se refiera el conflicto, la representación se entenderá conferida, salvo indicación en contrario por el accionista representado, al Secretario de la Junta General y, en caso de que éste se encontrara en situación de conflicto de intereses a la persona que el Consejo de Administración determine. 4. Igualmente, el apoderamiento se extiende a los asuntos que, no figurando en el Orden del Día de la reunión, puedan ser sometidos a votación en la Junta General de Accionistas. En este caso, y salvo indicación en contrario por parte del accionista representado, el representante ejercerá el voto en el sentido que estime más favorable para los intereses del accionista representado. Con respecto a los posibles conflictos de interés de los representantes, se informa que el Presidente de la Junta se encuentra en situación de conflicto de interés en relación con los puntos 9 y 10 del orden del día (Votación con carácter vinculante del Informe anual sobre las Remuneraciones de los Consejeros, y aprobación de la Política de Remuneraciones de los Consejeros 2021-2023). Del mismo modo, el Presidente de la Junta puede encontrarse en conflicto de interés si se plantea contra él el ejercicio de la acción de responsabilidad o si se propone su separación. De conformidad con el artículo 11 del Reglamento de la Junta General, los intermediarios financieros que estén legitimados como accionistas pero actúen por cuenta de clientes distintos podrán fraccionar su voto, de tal forma que puedan cumplir con las instrucciones recibidas de dichos clientes. Derecho de información. Todos los textos y documentación de la Junta General Ordinaria de Accionistas se podrán consultar y obtener en la página web de la sociedad www.endesa.com, que incluye formato accesible para personas con limitaciones visuales. Así mismo, de conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas tienen derecho a examinar y obtener en el domicilio social o a solicitar a la Sociedad que les sean entregados o remitidos, de forma inmediata y gratuita, copia de los documentos que se relacionan a continuación. No obstante, en atención a la situación sanitaria ocasionada por el COVID-19, se recomienda solicitar dicha documentación vía email a la dirección juntaaccionistas@endesa.es : 1. Informe Anual. Documentación Legal (ejercicio 2020). - Cuentas Anuales individuales e Informe de Gestión individual de ENDESA, S.A., junto al correspondiente Informe de Auditoría de las Cuentas Individuales realizado por KPMG Auditores, S.L. (ejercicio 2020). - Cuentas Anuales consolidadas e Informe de Gestión consolidado de ENDESA, S.A., y de sus Sociedades Dependientes, junto al correspondiente Informe de Auditoría de las Cuentas Consolidadas realizado por KPMG Auditores, S.L. (ejercicio 2020). - Estado de Información no Financiera y Sostenibilidad 2020. - Declaración de responsabilidad de los Administradores. 2. Informe anual de Gobierno Corporativo (ejercicio 2020). 3. Política de Remuneraciones de los Consejeros 2021-2023. 4. Informe justificativo del Comité de Nombramientos y Retribuciones sobre la Política de Remuneraciones de los Consejeros 2021-2023. 5. Informe anual sobre Remuneraciones de los Consejeros (ejercicio 2020). 6. Propuestas de acuerdo e Informes del Consejo - Propuestas de acuerdo. - Informe sobre la propuesta de modificación de Estatutos Sociales. - Informe sobre la propuesta de modificación del Reglamento de la Junta General. 7. Memoria justificativa de las modificaciones del Reglamento del Consejo de Administración aprobadas el 28 de septiembre de 2020. 8. Informes de Actividades de los Comités del Consejo de Administración correspondientes al ejercicio 2020. 9. Modelo de Tarjeta de Asistencia, Representación y Voto a Distancia. 10. Reglas sobre voto y representación a distancia. Con arreglo a lo previsto en los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 9 del Reglamento de la Junta General, desde la publicación de la convocatoria de la Junta General y hasta el quinto día anterior, inclusive, al previsto para su celebración en primera convocatoria, los accionistas podrán solicitar por escrito las informaciones o aclaraciones que estimen precisas o formular las preguntas que estimen pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día de la Junta o aclaraciones acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor. Adicionalmente, podrán formular preguntas o aclaraciones sobre las materias señaladas, durante la celebración de la reunión, de acuerdo con lo establecido en las "Reglas en materia asistencia telemática, voto y representación a distancia". Las peticiones de información se ajustarán a las reglas establecidas en el artículo 9.3 del Reglamento de la Junta General y se podrán realizar mediante la entrega de la petición en el domicilio social o mediante su envío a la Sociedad por correspondencia postal a la dirección: ENDESA, S.A. (Junta General Ordinaria de Accionistas - Secretaría del Consejo de Administración), calle Ribera del Loira, n.º 60, 28042 Madrid, o mediante comunicación electrónica a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), accediendo al espacio dedicado a Junta General Ordinaria de Accionistas, apartado "Derecho de información del accionista". Serán admitidas aquellas peticiones en las que el documento electrónico en cuya virtud se solicita la información incorpore la firma electrónica cualificada empleada por el solicitante, u otra clase de firma electrónica que, mediante acuerdo adoptado al efecto con carácter previo, considere el Consejo de Administración que reúne adecuadas garantías de autenticidad y de identificación del accionista que ejercita su derecho de información. Corresponderá al accionista la prueba del envío de la solicitud a la Sociedad en forma y plazo. Entrega de la documentación en la sede social. La entrega de la documentación referida anteriormente tendrá lugar, desde la fecha de publicación de esta convocatoria, previa presentación de la tarjeta de asistencia, en el domicilio social de la Sociedad, situado en la c/ Ribera del Loira, n.º 60, de lunes a jueves de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, y los viernes de 9:00 a 14:00 horas, hasta el día anterior al de la celebración de la Junta. REGLAS EN MATERIA DE: (i) ASISTENCIA TELEMÁTICA, (ii) REPRESENTACIÓN CONFERIDA AL PRESIDENTE DE LA JUNTA POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA y (iii) VOTO ANTICIPADO A TRAVÉS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA. A- REGLAS SOBRE VOTO Y REPRESENTACIÓN CONFERIDA AL PRESIDENTE DE LA JUNTA POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA PREVIOS A LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA. El Consejo de Administración de Endesa ha decidido, al amparo de lo previsto en el artículo 30 de los Estatutos Sociales y en el artículo 21 del Reglamento de la Junta General, que en esta Junta General Ordinaria de Accionistas se aplicarán, desde la fecha de publicación del correspondiente anuncio de convocatoria, las siguientes reglas en materia de voto y representación a distancia: 1. VOTO. Los accionistas de Endesa podrán ejercer el voto en relación con los puntos del Orden del día de la Junta General Ordinaria de Accionistas, a través de medios de comunicación a distancia y con carácter previo a la celebración de la Junta, en los términos previstos a continuación y de conformidad con lo señalado en la Ley de Sociedades de Capital, en los artículos 26, 26 bis y 30 de los Estatutos sociales y en los artículos 10, 10 bis y 21 del Reglamento de la Junta General. 1.1 Medios para la emisión del voto a distancia. Los medios de comunicación a distancia válidos para emitir el voto a distancia son los siguientes: (i) Medios electrónicos: a) Para emitir el voto a distancia mediante comunicación electrónica con la Sociedad, los accionistas de Endesa deberán hacerlo a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), accediendo al espacio dedicado a Junta General Ordinaria de Accionistas, apartado voto y representación a distancia. De conformidad con lo previsto en los Estatutos y en el Reglamento de la Junta General, el mecanismo para la emisión del voto por medios electrónicos ha de disponer de las debidas garantías de autenticidad e identificación del accionista que ejercita el derecho al voto. Las garantías que, al amparo de lo previsto en el artículo 21 del Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración estima adecuadas para asegurar la autenticidad e identificación del accionista que ejercita su derecho de voto, son la firma electrónica cualificada y la firma electrónica avanzada, en los términos previstos en el Reglamento (UE) No 910/2014 del Parlamento Europeo Y del Consejo de 23 de julio de 2014, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido del que no conste su revocación y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o emitido por CAMERFIRMA. Aquellos accionistas que dispongan de una firma electrónica que cumpla los requisitos indicados y se identifiquen mediante ella, así como aquellos accionistas poseedores del Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe), podrán emitir su voto en relación con los puntos del Orden del día de la Junta General Ordinaria de Accionistas, a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), siguiendo el procedimiento allí establecido. b) También podrá emitir el voto a distancia mediante correo electrónico dirigido al buzón de correo electrónico juntaaccionistas@endesa.es , incluyendo la siguiente información: - Nombre y apellidos, n.º de DNI. - Copia digitalizada de la tarjeta de asistencia debidamente cumplimentada y firmada. (ii) Correo postal: Para la emisión del voto a distancia mediante correo postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado "Voto a Distancia por Correo Postal" de la Tarjeta de Asistencia, Representación y Voto a Distancia emitida en papel por la entidad participante en IBERCLEAR en la que tengan depositadas sus acciones. Una vez cumplimentada y firmada la Tarjeta de Asistencia, Representación y Voto a Distancia en el apartado destinado a "Voto a Distancia por Correo Postal", el accionista la podrá remitir: 1. Mediante correo postal a la dirección: ENDESA, S.A. (Junta General Ordinaria de Accionistas), calle Ribera del Loira, n.º 60, 28042 Madrid. 2. Mediante su entrega en la entidad participante en IBERCLEAR en la que tenga depositadas sus acciones. En el supuesto de que la tarjeta de asistencia emitida por la entidad participante en IBERCLEAR no incorpore el apartado dedicado al "Voto a Distancia por Correo Postal", el accionista que desee votar a distancia mediante correo postal deberá descargar de la página web de Endesa (www.endesa.com) e imprimir en papel la Tarjeta de Voto a Distancia, cumplimentándola y firmándola junto con la tarjeta de asistencia emitida por la entidad participante en IBERCLEAR. Una vez cumplimentadas y firmadas ambas tarjetas, el accionista las podrá remitir: 1. Mediante correo postal a la dirección: ENDESA, S.A. (Junta General Ordinaria de Accionistas), calle Ribera del Loira, n.º 60, 28042 Madrid. 2. Mediante su entrega en la entidad participante en IBERCLEAR en la que tenga depositadas sus acciones. 2. REPRESENTACIÓN CONFERIDA AL PRESIDENTE DE LA JUNTA POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA. De conformidad con en concreto la letra a) del apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, los accionistas de Endesa podrán conferir su representación al Presidente de la Junta a través de medios de comunicación a distancia y con carácter previo a la celebración de la Junta General Ordinaria de Accionistas, en los términos previstos en la Ley de Sociedades de Capital, en el artículo 30 de los Estatutos sociales y en el artículo 21 del Reglamento de la Junta General, y en los anteriormente señalados en esta convocatoria. 2.1 Medios para conferir la representación. Los medios de comunicación a distancia válidos para conferir la representación son los siguientes: (i) Medios electrónicos: a) Para conferir su representación al Presidente de la Junta General mediante comunicación electrónica con la Sociedad, los accionistas de Endesa deberán hacerlo a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), accediendo al espacio dedicado a Junta General Ordinaria de Accionistas, apartado voto y representación a distancia. De conformidad con lo previsto en los Estatutos y en el Reglamento de la Junta General, el mecanismo para conferir la representación por medios electrónicos ha de disponer de las debidas garantías de autenticidad e identificación del accionista que delega. Las garantías que, al amparo de lo previsto en el artículo 21 del Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración estima adecuadas para asegurar la autenticidad e identificación del accionista que confiere la representación son la firma electrónica cualificada y la firma electrónica avanzada, en los términos previstos en el Reglamento (UE) No 910/2014 del Parlamento Europeo Y del Consejo de 23 de julio de 2014, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido del que no conste su revocación y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o emitido por CAMERFIRMA. Aquellos accionistas que dispongan de una firma electrónica que cumpla los requisitos indicados y se identifiquen mediante ella, así como aquellos accionistas poseedores del Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe), podrán conferir su representación a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), siguiendo el procedimiento allí establecido. La comunicación de la representación que otorgue el accionista al Presidente de la Junta General se entenderá realizada mediante la recepción por Endesa de dicha representación electrónica. b) Los accionistas también podrán tramitar su representación al Presidente de la Junta mediante correo electrónico dirigido al buzón juntaaccionistas@endesa.es , incluyendo la siguiente información: - Nombre y apellidos, y copia digitalizada de DNI del accionista representado. - Copia digitalizada de la tarjeta de asistencia debidamente cumplimentada y firmada. (ii) Correo postal: Para conferir su representación al Presidente de la Junta mediante correo postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado correspondiente a la representación de la tarjeta de asistencia emitida en papel por la correspondiente entidad participante en IBERCLEAR. El accionista podrá remitir la tarjeta debidamente cumplimentada y firmada: 1. Mediante correo postal a la dirección: ENDESA, S.A. (Junta General Ordinaria de Accionistas), calle Ribera del Loira, n.º 60, 28042 Madrid. 2. Mediante su entrega en la entidad participante en IBERCLEAR en la que tenga depositadas sus acciones. B- ASISTENCIA POR MEDIOS TELEMÁTICOS Y REGLAS SOBRE VOTO DURANTE LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA. Ante la situación de alerta sanitaria por la enfermedad del coronavirus, y de conformidad con en la letra a) del apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, la celebración de la junta se realizará de modo exclusivamente telemático, esto es, sin asistencia física de los accionistas o de sus representantes. Podrán asistir telemáticamente a la Junta General los accionistas que tengan inscritas sus acciones en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a la celebración de la Junta. Con carácter previo a la conexión telemática el día de celebración de la Junta, los accionistas que vayan a asistir por medios telemáticos deberán realizar un pre-registro a través de la aplicación informática disponible en la página web corporativa, accediendo al espacio dedicado a Junta General Ordinaria de Accionistas, apartado asistencia telemática, entre las 0:00h del 31 de marzo de 2021 y las 12:30h del 29 de abril de 2021. Durante dicho plazo los accionistas podrán remitir las intervenciones y propuestas de acuerdos que, conforme a la Ley de Sociedades de Capital, tengan intención de formular. Dicho pre-registro será un requisito indispensable para que los accionistas puedan conectarse y participar telemáticamente en la Junta. Tras efectuar el pre-registro, el día de celebración de la Junta, el 30 de abril de 2021, los accionistas que deseen participar en la reunión, que se iniciará a las 12:30h, deberán realizar la conexión o registro entre las 10:30h y las 12:00h para poder ser considerados como accionistas presentes y constar en la lista de asistentes. No se considerará presente al accionista que realice la conexión transcurrida la hora límite establecida. Asimismo, en relación a las intervenciones y propuestas de acuerdos que conforme a la Ley de Sociedades de Capital, tengan intención de formular quienes vayan a asistir por medios telemáticos, y que no hayan sido remitidas en el trámite de pre-registro, deberán remitirse a la Sociedad, por escrito, en la forma establecida en la aplicación informática de la página web de la Sociedad, entre las 10:30h y las 12:00h del día 30 de abril de 2021. En el caso de que un accionista remita válidamente intervenciones y/o propuestas de acuerdo en el pre-registro y en el registro, prevalecerá la última recibida por la Sociedad en el registro o conexión telemática el día de celebración de la Junta. En aquello no regulado expresamente en este anuncio, resultarán de aplicación a los accionistas que asistan telemáticamente a la Junta las mismas normas sobre el voto y la adopción de acuerdos previstas en el Reglamento de la Junta General para la asistencia física a la celebración de la Junta. 1. VOTO TELEMÁTICO DURANTE LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA. Los accionistas de Endesa que asistan a la Junta General Ordinaria de Accionistas de modo telemático podrán ejercer el voto en relación con los puntos del Orden, durante la celebración de la Junta, en los términos previstos en la Ley de Sociedades de Capital, en el artículo 26 bis de los Estatutos sociales y en el artículo 10 bis del Reglamento de la Junta General. Para emitir el voto a distancia durante la celebración de la Junta, los accionistas de Endesa deberán hacerlo a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), accediendo al espacio dedicado a Junta General Ordinaria de Accionistas, apartado Asistencia telemática. De conformidad con lo previsto en los Estatutos y en el Reglamento de la Junta General, el mecanismo para la emisión del voto por medios electrónicos ha de disponer de las debidas garantías de autenticidad e identificación del accionista que ejercita el derecho al voto. Las garantías que, al amparo de lo previsto en el artículo 10 bis del Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración estima adecuadas para asegurar la autenticidad e identificación del accionista que ejercita su derecho de voto, son la firma electrónica cualificada y la firma electrónica avanzada, en los términos previstos en el Reglamento (UE) No 910/2014 del Parlamento Europeo Y del Consejo de 23 de julio de 2014, siempre que estén basadas en un certificado electrónico reconocido del que no conste su revocación y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES), dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o emitido por CAMERFIRMA. Aquellos accionistas que dispongan de una firma electrónica que cumpla los requisitos indicados y se identifiquen mediante ella, así como aquellos accionistas poseedores del Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe), podrán emitir su voto en relación con los puntos del Orden del día de la Junta General Ordinaria de Accionistas, a través de la página web de la Sociedad (www.endesa.com), siguiendo el procedimiento allí establecido. C- REGLAS BÁSICAS SOBRE VOTO A DISTANCIA ANTES Y DURANTE LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA Y REPRESENTACIÓN A DISTANCIA ANTES DE LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA. 1. Plazo de recepción por la Sociedad de las representaciones y votos a distancia antes de la celebración de la Junta Para su validez y de conformidad con lo previsto en el Reglamento de la Junta General, tanto las representaciones a distancia como los votos a distancia (ya sean electrónicos o mediante correo postal) deberán recibirse por la Sociedad antes de las 12:30 horas del día 29 de abril de 2021. En caso contrario, la representación se tendrá por no conferida y el voto por no emitido, salvo que la recepción posterior pero antes de la celebración de la Junta General Ordinaria de Accionistas permita efectuar las debidas comprobaciones y cómputos de cara a la preparación y celebración de la misma. 2. Reglas de preferencia entre representación, voto a distancia y presencia telemática en la Junta. 2.1 Prioridades entre representación, voto a distancia y asistencia telemática. (i) La asistencia mediante medios telemáticos a la Junta General Ordinaria de Accionistas del accionista que hubiera conferido la representación o votado a distancia previamente, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión, dejará sin efecto dicha representación o voto. (ii) Asimismo, el voto, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión, hará ineficaz cualquier representación electrónica o mediante tarjeta impresa en papel, ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se tendrá por no efectuada. 2.2 Prioridades entre representaciones. En el caso de que un accionista realice válidamente varias representaciones, prevalecerá la última recibida por la Sociedad. 2.3 Prioridades entre votos a distancia previos a la celebración de la Junta. En el caso de que un accionista vote a distancia válidamente varias veces, prevalecerá la última votación recibida por la Sociedad. 2.4 Sentido del voto a distancia antes o durante la celebración de la Junta. El accionista que desee votar a distancia (por medios electrónicos o correo postal) debe indicar el sentido de su voto para cada uno de los puntos incluidos en el Orden del día. Si, en relación con alguno de los puntos del Orden del día, no indica el sentido de su voto, se entenderá que vota a favor de las propuestas del Consejo de Administración sobre los asuntos incluidos en el Orden del día formulado por éste. En el caso de que accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social hayan ejercido el derecho de "Complemento de la convocatoria" o de "Presentación de propuestas", la Sociedad difundirá de inmediato tales puntos complementarios y nuevas propuestas de acuerdo y hará público un nuevo modelo de Tarjeta de Asistencia, Representación y Voto a Distancia con las modificaciones precisas para que puedan votarse los nuevos puntos del orden del día y propuestas alternativas de acuerdo, en los mismos términos que los propuestos por el Consejo de Administración. 2.5 Otras previsiones. En caso de emplear medios electrónicos, con carácter previo a la celebración de la Junta, sólo cabrá una actuación electrónica para cada tipo de operación (una votación y una representación). Tanto la representación como el voto emitido a distancia con carácter previo a la Junta quedarán sin efecto por la enajenación de las acciones que confieren el derecho de asistencia de que tenga conocimiento la Sociedad. Es responsabilidad exclusiva del accionista la custodia de su firma electrónica para votar o representar de forma electrónica. 3. Reglas especiales. Los accionistas personas jurídicas y los no residentes en España deberán consultar a través de la Línea de Atención a Accionistas 900 666 900 la posibilidad de, en su caso, adaptar, con las debidas garantías, los mecanismos de voto y representación a distancia a sus peculiaridades. Podrán votar, conferir la representación en el Presidente de la Junta o asistir telemáticamente cualesquiera de los cotitulares de un depósito de acciones y les serán de aplicación entre sí las reglas de prelación establecidas en el presente apartado C.2. A los efectos del artículo 126 de la Ley de Sociedades de Capital, se presume que el cotitular que en cada momento realice una actuación (representación, voto o asistencia física o remota) se encuentra designado por el resto de los copropietarios para ejercitar los derechos de socio. En estos supuestos, tendrá la consideración de asistente aquél de entre los titulares que se registre telemáticamente en primer lugar. En relación con ello y a los efectos del artículo 126 de la Ley de Sociedades de Capital, se presume que el cotitular que se registre telemáticamente en primer lugar se encuentra designado por el resto de los copropietarios para ejercitar los derechos de socio. 4. Incidencias técnicas. Endesa se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de asistencia telemática, de voto y representación electrónica cuando razones técnicas o de seguridad así lo demanden, sin perjuicio de que se adopten las medidas que cada situación requiera, entre ellas, la eventual suspensión temporal o prórroga de la Junta si ello fuese preciso para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos por los accionistas o sus representantes. Endesa no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión, mal funcionamiento del servicio de correos o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de Endesa, que impidan la utilización de los mecanismos de voto y representación a distancia. Foro electrónico de Accionistas. El Consejo de Administración ha decidido, al amparo de lo establecido en el artículo 539 de la Ley de Sociedades de Capital, que en la Junta General Ordinaria de Accionistas se aplicarán, desde la fecha de publicación del correspondiente anuncio de convocatoria, las normas de funcionamiento del Foro Electrónico de Accionistas publicadas en la página web de la Sociedad y que se encuentran a disposición de los accionistas en la sede social. Tratamiento de datos de carácter personal. Los datos personales que los accionistas remitan para el ejercicio o representación de sus derechos de asistencia y voto en Junta o aquéllos que sean facilitados por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta (IBERCLEAR), serán tratados por la Sociedad, como Responsable de tratamiento, con la finalidad de gestionar la convocatoria y celebración de la Junta General. Todo ello en cumplimiento de las obligaciones legales. Está previsto que el desarrollo de la Junta General sea objeto de grabación y podrá estar disponible al público, en su totalidad o en parte, a través de la página web corporativa y en medios de comunicación acreditados. A su vez, está previsto que, durante el transcurso de la Junta General, se pueda comunicar de forma pública el nombre, apellidos y número de acciones de los accionistas que intervengan. Tanto la grabación y comunicación de la imagen o voz de las personas que participen en la Junta General, como la comunicación pública de determinados datos personales de los accionistas que formulen preguntas tiene como base jurídica el interés legítimo de la Sociedad, así como el cumplimiento de las normas y principios generales de transparencia de buen gobierno corporativo. En caso de que, en la tarjeta de representación o votación a distancia, el accionista incluya datos personales referentes a otras personas físicas, el accionista deberá informarles de los extremos contenidos en este aviso legal de protección de datos y cumplir con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta comunicación de los datos personales a la Sociedad, sin que ésta deba realizar ninguna actuación adicional en términos de información o consentimiento. Los accionistas se hacen responsables de la veracidad de los datos facilitados, así como de comunicar a la Sociedad cualquier modificación de los mismos. Los datos personales de los accionistas serán conservados mientras continúen con dicha condición y no soliciten su supresión o cancelación, y siempre que resulten adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario para los fines para los que sean tratados. En el momento en que no sean necesarios para esta finalidad, los datos serán bloqueados durante el periodo en el que puedan ser necesarios para el ejercicio o la defensa frente a acciones administrativas o judiciales y solo podrán ser desbloqueados y tratados de nuevo por este motivo. Superado este periodo, los datos serán definitivamente cancelados. Los datos serán comunicados al Notario que asistirá conforme a lo previsto legalmente en la Junta General. Asimismo, se podrán ceder a terceros en ejercicio del derecho de información que recoge la ley. Usted podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, limitación del tratamiento y portabilidad de los datos en los casos y con el alcance que establezca la normativa aplicable en cada momento. Para ejercer estos derechos podrá dirigirse, mediante comunicación escrita, a la Secretaría del Consejo de la Sociedad, sita en Madrid, c/ Ribera del Loira, n.º 60, 28042. Se le informa, asimismo, de su derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Endesa, S.A., ha nombrado un Delegado de Protección de Datos cuyo dato de contacto es el siguiente: dpo@endesa.es. Si tiene cualquier duda en relación con las finalidades del tratamiento de sus datos personales o sobre su legitimidad, puede contactar con el Delegado de Protección de Datos.

Madrid, 22 de marzo de 2021.- El Secretario General y del Consejo de Administración, Borja Acha Besga.

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