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Documento BORME-C-2022-6883

BAC ENGINEERING CONSULTANCY GROUP, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)

ICIASA CONTROL E INPECCION, SOCIEDAD LIMITADA
BAC VENTAYOL GEOSERVEIS, SOCIEDAD LIMITADA
VEA QUALITAS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 209, páginas 8251 a 8252 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6883

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 30, 31, 43, 49.1 y 52.1 y de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público la aprobación de la fusión entre las sociedades BAC ENGINEERING CONSULTANCY GROUP, S.L. (Sociedad Absorbente") e ICIASA CONTROL E INSPECCIÓN SL, VEA QUALITAS SL y BAC VENTAYOL GEOSERVEIS SL ("Sociedades Absorbidas"), en adelante, conjuntamente, serán denominadas las "Sociedades Intervinientes".

BAC en su junta general celebrada el 26 de octubre de 2022, conforme al artículo 42 LME (acuerdo unánime de fusión), acordó por unanimidad la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de las Sociedades Absorbidas, a favor de la Sociedad Absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la Sociedad Absorbida ("Fusión"), todo ello en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito y formulado por todos los administradores de las Sociedades Intervinientes, de fecha 30 de junio de 2022, el cual se encuentra depositado en los Registros Mercantiles de Barcelona, Madrid y Zaragoza ("Proyecto Común de Fusión"). El Proyecto Común de Fusión ha sido aprobado por la Junta General de Socios de la Sociedad Absorbente, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital.

La Fusión fue aprobada sobre la base de los Balances de las Sociedades Intervinientes cerrados a 31 de diciembre de 2021, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 36.1 LME, los cuáles también fueron aprobados por la Junta General de Socios en fecha 26 de octubre de 2022.

La Fusión tiene el carácter de impropia por cuanto las Sociedades Absorbidas, están íntegra y directamente participadas por la Sociedad Absorbente. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 49.1. y 52.1 LME, (i) no es necesario llevar a cabo una ampliación de capital en la Sociedad Absorbente; (ii) no procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión; y (iii) tampoco será necesaria la aprobación de la Fusión por parte de la Junta General de las Sociedades Absorbidas.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de las Sociedades Absorbidas a favor de la Sociedad Absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión en el domicilio social de las mismas.

Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de la fusión todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Barcelona, 27 de octubre de 2022.- Administrador único, Jean-Marc Fort.

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