Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BORME-C-2022-7165

SAMYL FACILITY SERVICES, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
LA CANDAMIA CORPORATE FINANCES, S.L.
LEOGRUP 58, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 8576 a 8577 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7165

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME") por remisión del artículo 73.1 de la misma ley, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de "Samyl Facility Services, S.L." (la "Sociedad Escindida"), celebrada el 29 de junio de 2022, y la Junta General Extraordinaria y Universal de "La Candamia Corporate Finances, S.L.", celebrada el de 29 junio de 2022, acordaron, por unanimidad, la escisión parcial sin extinción de la Sociedad Escindida mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio social a dos sociedades beneficiarias, (i) la sociedad beneficiaria preexistente "La Candamia Corporate Finances, S.L." (la "Sociedad Beneficiaria Preexistente") y (ii) la sociedad beneficiaria de nueva creación "LEOGRUP 58, S.L." (sociedad a constituir en el momento de elevación a público del acuerdo de escisión) (la "Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación"), adquiriendo éstas por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido (rama de actividad inmobiliaria y rama de actividad financiera, respectivamente) y adjudicando a los socios de la Sociedad Escindida las participaciones sociales de las sociedades beneficiarias, todo ello de conformidad con el proyecto de escisión parcial redactado y suscrito por los órganos de administración de la Sociedad Escindida y la Sociedad Beneficiaria Preexistente.

El acuerdo de escisión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de escisión parcial, dado que el acuerdo de escisión ha sido aprobado por en Junta universal y por unanimidad de los socios de la Sociedad Escindida y la Sociedad Beneficiaria Preexistente, siendo de aplicación el artículo 42 LME, en relación con el artículo 73.1 LME.

Asimismo, para el caso de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación, al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de la Sociedad Escindida y por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 78 bis LME, atribuyéndose a los socios de la Sociedad Escindida las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de aquella, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el Balance de escisión.

Como consecuencia de la escisión parcial, la Sociedad Escindida ha visto reducidos sus fondos propios de forma proporcional y en el importe necesario en correlación con el patrimonio escindido. Asimismo, la Sociedad Beneficiaria Preexistente ha aumentado su capital social, adjudicándose las nuevas participaciones a la totalidad de los socios de la Sociedad Escindida, en proporción a su participación en el capital social, y sin necesidad de compensación en metálico.

A los efectos de los artículos 43 y 44 LME se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores participantes en la escisión parcial de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de oposición a la misma que corresponde a los acreedores durante el transcurso de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión parcial.

Madrid y Valladolid, 11 de noviembre de 2022.- El Administrador solidario de "Samyl Facility Services, S.L." y el Presidente del consejo de administración de "La Candamia Corporate Finances, S.L.", D. Pablo Gutiérrez Pérez de Lis y D. Carlos Gutiérrez Pérez de Lis.

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid