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Documento BORME-C-2018-8926

EUROGRANSON, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
EUROGRANSON FINANCIERA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 10375 a 10375 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-8926

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que con fecha 22 de noviembre de 2018, la junta general de la sociedad EUROGRANSON, S.L. (la "Sociedad Escindida") aprobó la escisión parcial de una unidad económica de su patrimonio consistente en el 100% de las participaciones en que se divide en capital social de la sociedad EUROGRANSON CARTERA, S.L. y su consiguiente transmisión en bloque a la sociedad beneficiaria de dicha escisión parcial, EUROGRANSON FINANCIERA, S.L. (la "Sociedad Beneficiaria"), que adquirirá por sucesión universal la citada unidad económica, adjudicando a los socios de la Sociedad Escindida, que también lo son de la Sociedad Beneficiaria, las nuevas participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria, proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de la Sociedad Escindida. La escisión parcial se ha llevado a cabo en los términos y condiciones del Proyecto Común de Escisión Parcial redactado y suscrito por los órganos de administración de la Sociedad Escindida y la Sociedad Beneficiaria con fecha 21 de noviembre de 2018.

En la medida en que la Sociedad Escindida y la Sociedad Beneficiaria son sociedades íntegramente participadas de forma directa por los mismos socios en la misma proporción, esto es, Doña Alicia Gálvez Fernández, Doña María Gálvez Fernández, Don Luis Gálvez Fernández y Don José Gálvez Fernández, que dichas sociedades son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de escisión parcial ha sido adoptado en junta general universal y por unanimidad por los socios de la Sociedad Escindida, la escisión parcial se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 49 y 78.1 LME, por lo que, entre otros, no ha sido preciso elaborar informe de administradores ni informe de experto independiente sobre el proyecto de escisión, ni la publicación o depósito del mismo.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y se informa a los acreedores del derecho que les asiste de oponerse a la mencionada escisión parcial durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión parcial, en los términos señalados en los artículos 43 y 44 de la LME, por remisión del artículo 73 de la misma ley.

Madrid, 22 de noviembre de 2018.- El Presidente y el Secretario no Consejero del Consejo de Administración, respectivamente, de Eurogranson, S.L. y de Eurogranson Financiera, S.L, D. Luis Gálvez Murcia y D. José Luis Muñoz Calvo.

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