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Documento BORME-C-2019-2042

TECNIMOEM 97, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
INVERSIONES NAVARRA 2018, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
TECNIMOEM 97, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 77, páginas 2511 a 2511 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-2042

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la mercantil "Tecnimoem 97, S.L." (Sociedad totalmente escindida), celebrada el día 10 de abril de 2019, aprobó por unanimidad la escisión total en los términos previstos en los artículos 68.1.1.ª y 69 de la Ley 3/2009. La sociedad "Tecnimoem 97, S.L." (Sociedad totalmente escindida), se disolverá y extinguirá sin liquidación, transmitiendo todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se traspasa en bloque por sucesión universal a dos Sociedades Beneficiarias, una de ellas de nueva creación que sucederá en la denominación a la Sociedad totalmente escindida, esto es, "Tecnimoem 97, S.L." (Sociedad beneficiaria), y otra ya existente denominada "Inmuebles Navarra 2018, S.L.U." (Sociedad beneficiaria). "Inmuebles Navarra 2018, S.L.U." (Sociedad beneficiaria), asumirá los activos y pasivos inmobiliarios de la Sociedad escindida y "Tecnimoem 97, S.L." (Sociedad beneficiaria), asumirá el resto de los activos y pasivos de la Sociedad escindida, que constituyen el negocio o explotación económica principal de esta última.

La sociedad "Inmuebles Navarra 2018, S.L.U." (Sociedad beneficiaria), en Junta General Extraordinaria y Universal celebrada el mismo día 10 de abril de 2019, aprobó por unanimidad la escisión y por consiguiente, la adquisición de los activos y pasivos inherentes al patrimonio escindido que se le atribuyen.

Se hace constar el derecho que asiste a todos los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades existentes participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Viana (Navarra), 11 de abril de 2019.- El Administrador único, Pablo Brau Pellisa.

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