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Documento BORME-C-2019-400

ACERTA MANAGEMENT SERVICES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ACERTA LATAM, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 23, páginas 478 a 478 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-400

TEXTO

Anuncio de Fusión Impropia.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la unanimidad de los Socios de la sociedad absorbente reunidos en Junta general y el Socio único de la sociedad absorbida en ejercicio de las competencias de la Junta general, acordaron respectivamente, el día 25 de enero de 2019, la fusión por absorción de la sociedad absorbida, con la entera transmisión en bloque de su patrimonio social, que se extinguirá mediante la disolución sin liquidación y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente. La mencionada fusión se acordó en los términos del proyecto de fusión suscrito, el 25 de enero de 2019, por los Administradores de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado por unanimidad por la Junta general de socios de la sociedad absorbente y por el Socio único de la sociedad absorbida el mismo día.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida está íntegramente participada de forma directa por la sociedad absorbente y, de conformidad con el artículo 49.1 de la LME, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital social de la sociedad absorbente, ni la aprobación de la fusión por los socios de la absorbente y el socio único de la sociedad absorbida. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión ni tampoco incluir en el mismo las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME. Se aprobaron los respectivos balances de fusión cerrados a 30 de noviembre de 2018, y las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del 1 de enero de 2019. No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Madrid, 25 de enero de 2019.- El Consejero delegado de la sociedad absorbente y Administrador solidario de la sociedad absorbida, Francisco Ordóñez Valverde.

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