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Documento BORME-C-2019-4817

HERMANOS ORDÓÑEZ, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DON PAN DE CÁDIZ, SOCIEDAD LIMITADA (EN LIQUIDACIÓN)
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 106, páginas 5689 a 5689 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-4817

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General de Socios de DON PAN DE CÁDIZ, S.L. (en liquidación), y la Junta General de Socios de HERMANOS ORDÓÑEZ, S.L., reunidas ambas con carácter Extraordinario el día 3 de junio de 2019, en ejercicio de sus competencias, han aprobado la fusión por absorción de DON PAN DE CÁDIZ, S.L. (en Liquidación) (Sociedad absorbida), por HERMANOS ORDÓÑEZ, S.L. (Sociedad absorbente), sobre la base del Proyecto Común de Fusión de fecha 25 de marzo de 2019 redactado por el órgano de administración de ambas sociedades, con extinción, vía disolución sin liquidación, de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en las fusiones de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos Balances de Fusión. Se hace constar asimismo que, según lo dispuesto en el artículo 44 de la LME, los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la fusión, en los términos del citado artículo, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Cádiz, 3 de junio de 2019.- El Administrador único de Hermanos Ordóñez, S.L., y Liquidador de Pan de Cádiz, S.L. (en liquidación), Antonio Manuel Palma García.

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