Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Documento BORME-C-2019-5532

EUROFINS LABORATORIO DR. VALENZUELA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EUROFINS LABORATORIO SÁNCHEZ CASTIÑEIRAS, S.L.U.
EUROFINS LABORATORIO SAN ANDRÉS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 122, páginas 6543 a 6543 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5532

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de EUROFINS LABORATORIO DR. VALENZUELA, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), y el socio único de EUROFINS LABORATORIO SÁNCHEZ CASTIÑEIRAS, S.L.U., y EUROFINS LABORATORIO SAN ANDRÉS, S.L.U. (conjuntamente, las "Sociedades Absorbidas"), han decidido la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por parte de la Sociedad Absorbente en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 12 de Junio de 2019 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente (conjuntamente, las "Sociedades a Fusionar") y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.

En la medida en que las Sociedades a Fusionar son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por los socios únicos de las Sociedades a Fusionar, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Asimismo, dado que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de las Sociedades Absorbidas, se deja expresa constancia de que ninguna disposición de la LME, especialmente lo dispuesto en su artículo 49.1.4.º, exige la aprobación de la fusión por parte del órgano de gobierno de las Sociedades Absorbidas y, por lo tanto, la consignación de decisiones del socio único de las mismas se lleva a cabo de forma completamente voluntaria.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Madrid, 12 de junio de 2019.- El Administrador único, David Siguero Casero.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid