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Documento BORME-C-2019-8269

INGENIERÍA DE SUELOS Y EXPLOTACIÓN DE RECURSOS, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
PARTICIPACIONES ESTRATÉGICAS DEL SUR, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 218, páginas 9631 a 9631 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8269

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, la "LME"), por remisión del artículo 73.1 de la misma Ley, se hace público que la Junta General Extraordinaria de accionistas de Ingeniería de Suelos y Explotación de Recursos, S.A. (en adelante, la "Sociedad Escindida"), ha acordado, con fecha 14 de octubre de 2019, la escisión parcial consistente en la transmisión en bloque de la totalidad de las participaciones sociales de las filiales de la Sociedad Escindida dedicadas a la actividad de promoción inmobiliaria, así como todos aquellos derechos, bienes y obligaciones inherentes a dichas participaciones sociales, las cuales forman una unidad económica a favor de una sociedad de nueva creación denominada Participaciones Estratégicas del Sur, S.L. (en adelante, la "Sociedad Beneficiaria").

La Sociedad Beneficiaria se subrogará en todos los derechos, obligaciones y relaciones jurídicas inherentes al patrimonio escindido, todo ello en los estrictos términos establecidos en el correspondiente proyecto común de escisión parcial suscrito el 19 de junio de 2019 por todos los administradores de la Sociedad Escindida (en lo sucesivo, la "Operación"). Como consecuencia de la escisión parcial, la Junta General de accionistas de la Sociedad Escindida ha aprobado reducir sus fondos propios en la cuantía necesaria.

Se hace constar que ha resultado de aplicación a la Operación lo previsto en el artículo 78.bis de la LME, no habiendo sido necesarios el informe de los administradores sobre el proyecto común de escisión parcial ni el informe de expertos independientes, así como tampoco balance de escisión. Se hace constar, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la Sociedad Escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en relación con la misma, así como el proyecto de escisión parcial.

De igual modo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la Operación en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, por remisión del artículo 73.1 de la misma Ley, durante el plazo de un mes contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión parcial.

Huelva, 8 de noviembre de 2019.- La Secretaria no Consejera del Consejo de Administración de Ingeniería de Suelos y Explotación de Recursos, S.A., Sara Benítez Camacho.

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