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Documento BORME-C-2019-9260

RENTOKIL INITIAL ESPAÑA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HISAMUR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 242, páginas 10734 a 10734 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-9260

TEXTO

Anuncio de revocación de fusión.

Las juntas generales extraordinarias y universales de accionistas de las citadas sociedades, celebradas el 27 de noviembre de 2019, aprobaron, todas ellas por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "RENTOKIL INITIAL ESPAÑA, S.A.", de "HISAMUR S.L.U.", con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que compone su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación del capital social de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del 100% del capital de la sociedad absorbida.

A efectos de lo previsto en el art. 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el 16 de diciembre de de 2019, las juntas generales extraordinarias y universales de "RENTOKIL INITIAL ESPAÑA, S.A." (Sociedad Absorbente), y el Socio Único de "HISAMUR, S.L.U." ("Sociedad Absorbida"), aprobaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos:

1. Revocar y dejar sin efecto el acuerdo de fusión, adoptado con fecha 27 de noviembre de 2019, de tal manera que la junta general de accionistas de "RENTOKIL INITIAL ESPAÑA, S.A.", ha decidido no llevar a cabo la fusión proyectada, dejando sin efecto cualesquiera efectos que pudiera haber generado hasta la fecha, al igual que los anuncios publicados en el diario Expansión y en el BORME n.º 229, ambos de fecha 28 de noviembre de 2019. El citado acuerdo de revocación también fue aprobado en sede de la sociedad absorbida "HISAMUR, S.L.U.".

En consecuencia, la citada fusión no se llevará a término.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 42 LME, el acuerdo de fusión se adoptó sin depositar el Proyecto de Fusión en el Registro Mercantil de Madrid, al haber sido acordada la fusión en junta universal y por unanimidad de todos los socios de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión, de examinar en los domicilios sociales de éstas o de pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos que se relacionan en el artículo 39 de la LME, así como a obtener el texto íntegro del acuerdo de revocación de fusión adoptado.

Madrid, 17 de diciembre de 2019.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Rentokil Initial España, S.A., José Domínguez Leandro.

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