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Documento BORME-C-2019-9448

GLAM SERVICIOS PROFESIONALES DE ESTÉTICA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
GLAMOUR IMAGEN Y BELLEZA, S.L.
(SOCIEDAD DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 249, páginas 10954 a 10954 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-9448

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de abril de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 2 de diciembre de 2019, se adoptaron, por unanimidad, los siguientes acuerdos, en la Junta General Universal de la entidad mercantil GLAM SERVICIOS PROFESIONALES DE ESTÉTICA, S.L.:

1.- Aprobar la escisión parcial de la entidad mercantil GLAM SERVICIOS PROFESIONALES DE ESTÉTICA, S.L., mediante el traspaso de parte de su patrimonio en las condiciones previstas en el Proyecto de Escisión, a favor de la entidad de nueva creación "GLAMOUR IMAGEN Y BELLEZA, S.L.".

2.- Aprobar como balance de escisión parcial, el cerrado a fecha 30 de septiembre de 2019, que no se ha auditado por no ser preceptivo, y sin que resulten modificaciones significativas desde dicha fecha.

3.- Aprobar la reducción de fondos propios de la entidad "GLAM SERVICIOS PROFESIONALES DE ESTÉTICA, S.L.", en un importe correspondiente al valor contable neto del patrimonio escindido, para reflejar la salida de la unidad patrimonial escindida del balance de la Sociedad y con la finalidad de equilibrar contablemente el balance de la sociedad.

Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de la sociedad de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de escisión cerrados a día 30 de septiembre de 2019.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad que interviene en la operación de escisión parcial a oponerse a ésta durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

A Coruña, 26 de diciembre de 2019.- El Administrador solidario, Alfredo José Matesanz Andrés.

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