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Documento BORME-C-2020-1378

VENTAFARINAS INMOBLES, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 78, páginas 1725 a 1725 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2020-1378

TEXTO

Ventafarinas Inmobles, S.A., informa que en la Junta General Extraordinaria, celebrada el día 3 de junio de 2019, se adoptó, entre otros, el acuerdo de variar la forma de representación de las acciones, que de anotaciones en cuenta pasan a estar representadas por títulos físicos nominativos, con la consiguiente modificación de los Estatutos Sociales.

De conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero, el 12 de noviembre de 2019, Ventafarinas Inmobles, S.A., ha obtenido la preceptiva autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, para la reversión de la forma de representación de las acciones, pasando de anotaciones en cuenta a títulos físicos nominativos.

El procedimiento de reversión previsto, una vez elevados a público los acuerdos adoptados en Junta General, y revocada la autorización por CNMV, incluye las siguientes fases:

1. Depósito en IBERCLEAR del testimonio notarial de la escritura inscrita.

2. Publicación del anuncio previsto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital, estableciendo el plazo de entrega de un mes a los accionistas de los títulos emitidos.

3. Solicitud a IBERCLEAR de un certificado de las posiciones sobre el valor afectado de cada una de las Entidades participantes, que reflejará las posiciones definitivas.

4. Las entidades participantes, dentro del plazo de un mes expresado en el anuncio, se dirigen al emisor (o a su agente) indicando la identidad de los accionistas, número de acciones de los que cada uno es titular, y demás circunstancias de las acciones anotadas que consten en los respectivos registros contables de las Entidades participantes.

5. El emisor, o su agente, verifica que concuerda el saldo presentado por las Entidades correspondientes con el certificado de posiciones expedido por IBERCLEAR, y procede a la entrega de los títulos físicos.

6. Una vez finalizado el proceso de entrega (o transcurrido el plazo establecido al efecto), el emisor certifica a IBERCLEAR la entrega de los títulos, y éste cancela las posiciones anotadas. Si entre los acuerdos se contempla la no emisión de los títulos, se deberá certificar la inscripción de los accionistas en el Libro registro de accionistas.

Lleida, 17 de abril de 2020.- La Presidenta del Consejo de Administración, María Teresa Vall Palou.

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