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Documento BORME-C-2020-6766

TECNOVA INGENIERÍA Y SISTEMAS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TECNOVA SALUD DIGITAL, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 217, páginas 8217 a 8217 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-6766

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de la Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta Universal de la compañía Tecnova Ingeniería y Sistemas, S.A. (Sociedad Absorbente), ha acordado con fecha 31 de octubre de 2020 la fusión por absorción de la sociedad Tecnova Salud Digital, S.L. Unipersonal (Sociedad Absorbida) mediante la absorción por aquella de esta con disolución sin liquidación y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

El acuerdo de fusión se aprobó en los términos del proyecto común de fusión formulado y aprobado por los Administradores Únicos de Tecnova Ingeniería y Sistemas, S.A. y Tecnova Salud Digital, S.L.Unipersonal en ambos casos con fecha 30 de septiembre de 2020. Se han aprobado como balances de fusión, los cerrados a fecha 31 de agosto de 2020 por las sociedades absorbente y absorbida, los cuales fueron aprobados por la Junta Universal y Socia Única de las sociedades, respectivamente, con fecha 30 de septiembre de 2020.

Según los artículos 42 y 49 de la LME, dado que en la sociedad absorbente se ha adoptado el acuerdo de fusión con carácter universal y unánime, dicho acuerdo se adopta sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informes de los administradores ni de expertos independientes sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan durante el plazo de (1) mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.

Madrid, 2 de noviembre de 2020.- El Administrador único, de ambas sociedades, Taller de Ingeniería Potencial, S.L. Unipersonal, como representante persona física, César Lanza Suárez.

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