Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Documento BORME-C-2020-6820

INVERSIONES TALGES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DISPEGA, S.LU.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 218, páginas 8283 a 8283 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-6820

TEXTO

Se hace público que las Juntas Generales extraordinarias y universales de socios de las citadas sociedades, celebradas todas, el día 31 de octubre de 2020, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por "Inversiones Talges, S.L.U." de "Dispega, SL.U., mediante transmisión a título universal del patrimonio a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación o extinción de la sociedad absorbida.

La fusión se realiza conforme a lo previsto en el 49 LME, en consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de la sociedad absorbida, realizándose la fusión con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente; todo ello de conformidad con los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión suscrito y formulado por los miembros de los órganos de administración de las sociedades intervinientes el día 30 de octubre de 2020.

Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances cerrados a 30 de septiembre de 2020 de dichas sociedades, y se realizará de conformidad con el Proyecto Común de Fusión que fue aprobado asimismo por los socios únicos el citado 31 de octubre de 2020.

La presente operación es una fusión especial, sometida al régimen del artículo 49.1 LME, dado que la sociedad absorbida está íntegramente participada por la sociedad absorbida, de tal forma que no es necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y tampoco el informe de administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión, de examinar en los domicilios sociales de éstas o de pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos que se relacionan en el artículo 39 de la LME, así como a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado. Del mismo modo, se hace constar también el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 y concordantes de la LME, de oponerse a la fusión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

A Estrada, 1 de noviembre de 2020.- El Administrador, José Angel Gestoso Saborido.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid