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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), por remisión del artículo 73 de la citada Ley, se hace público que en fecha 16 de noviembre de 2020, el Socio único de la mercantil MARISCOS ANTÓN FERNÁNDEZ, S.L.U., decidió proceder a la segregación de una parte su patrimonio social, que constituye una unidad económica independiente y diferenciada (constituida por la rama de actividad de depuración y venta de moluscos y mariscos), y la transmisión en bloque, por sucesión universal, a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, MARISCOS ANTÓN E HIJOS, S.L., con efectos contables desde el 1 de enero de 2020. Todo ello en los términos previstos en el Proyecto de Segregación, aprobado y suscrito por el órgano de administración de la sociedad segregada con fecha 25 de mayo de 2020.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad segregada a oponerse a la operación de segregación, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.
Muros, 17 de noviembre de 2020.- El Administrador único de Mariscos Antón Fernández, S.L.U., Antón Fernández Lamela.
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