Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Documento BORME-C-2021-2071

ROISBER SERVICIOS, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ROISBER SERVICIOS, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)
ROISBER FUSIÓN, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA EXISTENTE Y SOCIEDAD ABSORBIDA)
EQUIPOS LAGOS, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 83, páginas 2681 a 2681 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2021-2071

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que con fecha 28 de abril de 2021, el Socio Único de las sociedades ROISBER SERVICIOS, S.L.U., y ROISBER FUSIÓN, S.L.U., decidió aprobar la escisión total de ROISBER SERVICIOS, S.L.U., mediante la división de todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se traspasará en bloque, por sucesión universal, a favor de dos sociedades beneficiarias, ROISBER FUSIÓN, S.L.U., y ROISBER SERVICIOS, S.L.U. (sociedad de nueva creación que adoptará la denominación de la Sociedad Escindida, que se extingue por la escisión), con efectos contables desde el 1 de enero de 2021.

Con carácter sucesivo y simultáneo a la escisión total, el Socio Único de las sociedades EQUIPOS LAGOS, S.A.U., y ROISBER FUSIÓN, S.L.U., con la misma fecha de 28 de abril de 2021, decidió proceder a la fusión por absorción de ROISBER FUSIÓN, S.L.U., por parte de EQUIPOS LAGOS, S.A.U., y en consecuencia, a la disolución sin liquidación de ROISBER FUSIÓN, S.L.U., y a la transmisión en bloque de todo su patrimonio, derechos y obligaciones a EQUIPOS LAGOS, S.A.U., con efectos contables desde el 1 de enero de 2021.

Y todo ello en los términos previstos en el Proyecto Común de Escisión Total y Fusión por Absorción Simultánea, aprobado y firmado por el administrador único de las sociedades implicadas en la operación de escisión total y fusión por absorción simultánea con fecha 27 de abril de 2021.

A los efectos oportunos, se hace constar que la escisión total y la fusión por absorción se realizan al amparo de lo establecido en los artículos 42 y 49.1 LME por remisión del artículo 52.1 LME, ambos aplicables, en el caso de la escisión, por remisión del artículo 73.1 LME.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de escisión total y fusión por absorción simultánea de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los respectivos balances de escisión y fusión.

Por otra parte, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de escisión total y fusión por absorción simultánea a oponerse a ésta durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 LME.

A Coruña, 29 de abril de 2021.- El Administrador único de Roisber Servicios, S.L.U., Rosiber Fusión, S.L.U., y Equipos Lagos, S.A.U., Activos Financieros de Bergondo, S.L., a través de su representante persona física, Raquel Lago Rodríguez.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid