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Documento BORME-C-2022-7147

ESTAMPACIONES METÁLICA MOYMA S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PERLLEY S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 8554 a 8554 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7147

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("Ley de Modificaciones Estructurales" o "LME"), se hace público que la Junta General de la sociedad Estampaciones Metálica Moyma SL (en adelante, Moyma), celebrada con carácter universal el jueves 3 de noviembre de 2022 en su sede social en el municipio de Náquera en la provincia de Valencia, y la junta General de la sociedad Perlley S.L. (en adelante, Perlley) celebrada con carácter universal el día viernes 4 de noviembre de 2022 en su sede social en la ciudad de Valencia, aprobaron, ambas, por unanimidad el proyecto común de fusión redactado y suscrito por sus órganos de administración el día 1 de noviembre de 2022.

Así, quedó aprobada por ambas Juntas Generales Universales por unanimidad la fusión por absorción de Perlley por Moyma, que supondrá la extinción vía disolución sin liquidación, de Perlley y el traspaso en bloque a titulo universal de su patrimonio a Moyma, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de Perlley.

Como consecuencia de la fusión, los socios de Perlley recibirán en canje de sus participaciones, participaciones de Moyma, en los términos previstos en el proyecto común de fusión y en los acuerdos de fusión aprobados en sus respectivas juntas.

La fusión se acordó con la aprobación por parte de la Junta General Universal de Moyma del balance cerrado a fecha de 31 de octubre de 2022 como balance de fusión, junto con su informe de auditoría, y por parte de la Junta General Universal de Perlley aprobó el balance cerrado a fecha de 31 de octubre de 2022 como balance de fusión, todo ello de acuerdo con lo previsto en la Ley de Modificaciones Estructurales

Dado que los acuerdos han sido tomados en ambas juntas con carácter universal por unanimidad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la LME no fue necesario publicar o depositar previamente el Proyecto Común de Fusión.

Se hace constar a todos los socios de ambas entidades, así como a sus acreedores, del derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos, el proyecto de fusión y los balances de fusión tal como establece el artículo 43 de la LME. Los cuales, a tal efecto, se encuentran a su disposición en las sedes sociales de cualquiera de las dos entidades para su copia y consulta.

En cumplimiento con el artículo 44 de la LME, se informa que los acreedores con créditos pendientes con cualquiera de las sociedades, disponen del plazo de un mes desde la fecha de este anuncio para oponerse a la fusión hasta que se les garanticen tales créditos, no pudiendo ejercer este derecho los acreedores cuyos créditos ya se encontrara suficientemente garantizados. Así mismo, los obligacionistas podrán ejercer el derecho de oposición en los términos del citado artículo 44 de la LME.

Valencia, 10 de noviembre de 2022.- Presidente del Consejo de Administración de Estampaciones Metálicas Moyma S.L, Arturo Fernando Peralta Rubio.

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