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Documento BORME-C-2022-7335

RIVIERA INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)

RIVIERA INTERNATIONAL, SOCIEDAD LIMITADA
CERRO REDONDO, SOCIEDAD LIMITADA
EL CASERÓN DE RIVIERA, SOCIEDAD LIMITADA
EL GAMONAL DE RIVIERA, SOCIEDAD LIMITADA
EL TESORO DE RIVIERA, SOCIEDAD LIMITADA
LA MENGANERA, SOCIEDAD LIMITADA
LOMA DE VALDERRAMA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CONSTITUCIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 219, páginas 8775 a 8776 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7335

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73.1, ambos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de la sociedad Riviera International, Sociedad Anónima (la "Sociedad Escindida"), en fecha 31 de mayo de 2022, aprobó por unanimidad, según el procedimiento previsto en el artículo 44 LME, la escisión total proporcional de Riviera International, Sociedad Anónima, con división total de su patrimonio en siete partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque por sucesión universal a favor de siete sociedades beneficiarias de nueva constitución. Se desea informar por el Consejo de Administración mediante esta publicación que: 1 ª la mercantil de nueva creación que se denominará en aplicación del art. 418 del RRM "Riviera International, Sociedad de Responsabilidad Limitada"; 2.ª la mercantil de nueva creación que se denominará "Cerro Redondo, Sociedad de Responsabilidad Limitada."; 3.ª la mercantil de nueva creación que se denominará "El Caserón de Riviera, Sociedad de Responsabilidad Limitada."; 4. ª la mercantil de nueva creación que se denominará "El Gamonal de Riviera, Sociedad de Responsabilidad Limitada."; 5. ª la mercantil de nueva creación que se denominará "El Tesoro de Riviera, Sociedad de Responsabilidad Limitada"; 6. ª la mercantil de nueva creación que se denominará "La Menganera, Sociedad de Responsabilidad Limitada."; y 7. ª la mercantil de nueva creación que se denominará "Loma de Valderrama, Sociedad de Responsabilidad Limitada" (las "Sociedades Beneficiarias").

Las siete nuevas sociedades beneficiarias se constituirán simultáneamente como consecuencia de la escisión total y previa extinción sin liquidación de la Sociedad Escindida, recibiendo los accionistas de la Sociedad Escindida un número de participaciones de las siete Sociedades Beneficiarias proporcional a su respectiva participación en la Sociedad Escindida.

Sirve de base para esta operación el balance de escisión cerrado a 31 de diciembre de 2021 y aprobado por la misma Junta de la Sociedad Escindida de forma unánime.

La escisión total proporcional implicará la transmisión por sucesión universal de todo el patrimonio de la Sociedad Escindida, que quedará disuelta y extinguida, en siete bloques, a favor de las siete Sociedades Beneficiarias que se constituyen al efecto, con el consiguiente traspaso de los activos y pasivos de la Sociedad Escindida, en los términos del proyecto de escisión total proporcional suscrito en fecha 31 de mayo de 2022 por el Órgano de Administración de la Sociedad Escindida.

Los accionistas de la Sociedad Escindida participarán en el capital social de las Sociedades Beneficiarias creadas en la misma proporción que participaban en la Sociedad Escindida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 bis de la LME.

El acuerdo de escisión total proporcional ha sido aprobado de forma unánime por parte de la Junta General de Accionistas de la Sociedad Escindida, por lo que, según prevé el artículo 42 de la LME, no es necesaria la publicación o el depósito previo del proyecto de escisión total.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión.

Asimismo, se hace constar el derecho que corresponde a los acreedores de la Sociedad Escindida que participan en la escisión a oponerse a la escisión total durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de escisión, todo ello en los términos previstos en los artículos 43.1 y 44 de la LME.

Se ha informado debidamente a los trabajadores, conforme al artículo 42 de la LME.

MIjas, 16 de noviembre de 2022.- El Consejo de Administración, El Presidente, Isaac González Díaz; el Secretario, Julio González Díaz; la Vocal, Alicia González Díaz; el Vocal, Germán González Díaz; la vocal, Belén González Díaz; la vocal, María Jesús González Díaz; y la vocal, María Luisa González Díaz.

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