VISTA LA PROPUESTA RELATIVA A LA APERTURA DEL PARTIDO MEDICO DE VIELHA E MIJARAN FORMULADA POR LA DIRECCION GENERAL DE ORDENACION Y PLANIFICACION SANITARIA;
VISTOS LOS INFORMES FAVORABLES DE LOS SANITARIOS LOCALES AFECTADOS, DE LOS AYUNTAMIENTOS DE VIELHA E MIJARAN Y DE NAUT ARAN, DEL COLEGIO OFICIAL DE MEDICOS DE LERIDA Y DE LA DELEGACION TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL DE LERIDA.
DADO QUE LA CIRCUNSTANCIA GEOGRAFICA DE NUCLEO COMARCAL Y EL AUMENTO DE POBLACION ESTACIONAL QUE EXPERIMENTA EL PARTIDO MEDICO DE VIELHA E MIJARAN, DEBIDO A LA CONCURRENCIA DE TURISMO, PERMITE PROCEDER A SU APERTURA, CON CARACTER EXCEPCIONAL, DE ACUERDO CON LO QUE SE PREVE EN EL PUNTO 2 DE LA ORDEN DE 24 DE ABRIL DE 1974 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 108, DE 6 DE MAYO) DEL ENTONCES MINISTERIO DE GOBERNACION, POR LA QUE SE DICTAN NORMAS SOBRE LA APERTURA DE PARTIDOS CERRADOS;
EN USO DE LAS FACULTADES QUE TENGO CONFERIDAS POR EL DECRETO DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1978 (<DIARIO OFICIAL DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA> NUMERO 7, DE 2 DE OCTUBRE), SOBRE ORGANIZACION Y COMPETENCIAS DE LOS ORGANOS DE LOS DEPARTAMENTOS EN RELACION CON LA SECCION 3 DEL CAPITULO 1 DEL REAL DECRETO 2210/1979, DE 7 DE SEPTIEMBRE (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 277, DEL DIA 21), SOBRE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO A LA GENERALIDAD DE CATALUÑA EN MATERIA DE SANIDAD, ORDENO:
UNO. SE DECLARA ABIERTO EL PARTIDO MEDICO DE VIELHA E MIJARAN.
DOS. ESTA ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA DE SU PUBLICACION EN EL <DIARIO OFICIAL DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA> Y EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
BARCELONA, 3 DE FEBRERO DE 1988.
EL CONSEJERO DE SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL, JOSEP LAPORTE I SALAS.
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