EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago sabor que el Parlamento de Navarra ha probado la siguiente Ley Foral sobre concesión de un suplemento de crédito por importe de 16.836.603 pesetas para la financiación de diversas actividades musicales, subvencionadas durante el ejercicio económico de 1983.
Artículo 1.º Se aprueba la concesión de un suplemento de crédito por importe de 16.836.603 pesetas para la financiación de los gastos de las siguientes actividades musicales: Conservatorios Elementales o Academias Municipales de Música, Filiales o Academias de Música dependientes del Conservatorio de Música "Pablo Sarasate", Clases de Iniciación Musical y Conservatorio Navarro de Música "Pablo Sarasate".
Art. 2.º La financiación de dicho suplemento de crédito se realizará con cargo a la partida 13.400-503-009-2.541, denominada "Construcción Escuelas Universitarias", línea 10.230-4 del presupuesto prorrogado de 1982.
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Floral de Navarra, promulgo, en nombre de Su Majestad el Rey, esta Ley Floral, ordeno su inmediata publicación en el "Boletín Oficial de Navarra" y su remisión al "Boletín Oficial del Estado" y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 20 de diciembre de 1983.
El Presidente del Gobierno de Navarra,
JUAN MANUEL ARZA MUÑUZURI
("Boletín Oficial de Navarra" número 159, de 23 de diciembre de 1983.)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid