EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
HAGO SABER QUE EL PARLAMENTO DE NAVARRA HA APROBADO LA SIGUIENTE:
LEY FORAL POR LA QUE SE MODIFICA LA DISPOSICION ADICIONAL DECIMOTERCERA DE LA LEY FORAL 21/1984, DE 29 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DE NAVARRA PARA EL EJERCICIO DE 1985 Y SE CONCEDE UN SUPLEMENTO DE CREDITO DE 2.739.496 PESETAS, PARA SUBVENCIONES A LAS CENTRALES SINDICALES
LA LEY FORAL 21/1984, DE 29 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DE NAVARRA PARA EL EJERCICIO DE 1985, ESTABLECE EN SU DISPOSICION ADICIONAL DECIMOTERCERA LA DISTRIBUCION DE LA PARTIDA DE GASTO DENOMINADA "SUBVENCIONES CENTRALES SINDICALES", DETERMINANDO QUE DICHA DISTRIBUCION SE REALIZARA ENTRE LAS CENTRALES SINDICALES QUE HAYAN ALCANZADO EL 10 POR 100 DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL Y MIEMBROS DE COMITES DE EMPRESA EN EL AMBITO DE LA COMUNIDAD FORAL.
EL DEFENSOR DEL PUEBLO HA PLANTEADO RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA EL INCISO "CONTANDO UNICAMENTE A ESTOS EFECTOS AQUELLAS CENTRALES SINDICALES QUE HAYAN ALCANZADO EL 10 POR 100 DE LOS DELEGADOS DE PERSONAL Y MIEMBROS DE COMITESDE EMPRESA", CONTENIDO EN LA CITADA DISPOSICION ADICIONAL.
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, MEDIANTE SENTENCIAS DE 14 Y 22 DE FEBRERO DE 1985, HA DECLARADO LA INCONSTITUCIONAL DE PRECEPTOS SIMILARES CONTENIDOS EN LAS LEYES DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA LOS EJERCICIOS DE 1983 Y 1984. POR TANTO, PARECE DE TODO PUNTO CONVENIENTE ELEVAR AL PARLAMENTO DE NAVARRA LA PROPUESTA DE MODIFICACION DE LA CITADA LEY FORAL A FIN DE AJUSTAR SU DISPOSICION ADICIONAL DECIMOTERCERA A LA CONSTITUCION ESPAÑOLA Y A LA JURISPRUDENCIA EMANADA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.
POR OTRO LADO, HABIENDOSE DADO CUMPLIMIENTO A DICHA DISPOSICION ADICIONAL, HA QUEDADO AGOTADA LA PARTIDA CORRESPONDIENTE AL HABERSE ABONADO SU IMPORTE A LAS CENTRALES SINDICALES QUE ALCANZARON EL 10 POR 100 DE DELEGADOS DE PERSONAL Y MIEMBROS DEL COMITE DE EMPRESA, POR LO QUE SE HACE PRECISO PROPONER AL PARLAMETNO AL CONCESION DE UN SUPLEMENTO DE CREDITO PARA SUBVENCIONAR A LAS CENTRALES SINDICALES QUE NO ALCANZARON DICHOS PORCENTAJES DE REPRESENTACION.
ARTICULO 1. LA DISPOSICION ADICIONAL DECIMOTERCERA DE LA LEY FORAL 21/1984, DE PRESUPUESTOS GENERALES DE NAVARRA PARA EL EJERCICIO DE 1985, QUEDA REDACTADA DE LA SIGUIENTE FORMA:
"LA PARTIDA DE GASTO DENOMINADA "SUBVENCIONES CENTRALES SINDICALES", NUMERO DE PROYECTO 21201, PROGRAMA 21, LINEA 43820-4 DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO, SE DISTRIBUIRA PROPORCIONALMENTE A LA REPRESENTACION DE CADA UNA DE ELLAS EN EL AMBITO DE LA COMUNIDAD FORAL".
ART. 2. 1. SE APRUEBA LA CONCESION DE UN SUPLEMENTO DE CREDITO, POR IMPORTE DE 2.739.496 PESETAS, PARA SU DISTRIBUCION CON CARACTER DE SUBVENCION ENTRE LAS CENTRALES SINDICALES, QUE SE ABONARA A LA PARTIDA DE GASTO "SUBVENCIONES CENTRALES SINDICALES", 81100-4810-PROYECTO 21201, LINEA 43820-4 DEL DEPARTAMENTODE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO, DEL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTE.
2. LA FINANCIACION DE DICHO SUPLEMENTO DE CREDITO SE REALIZARA CON CARGO A LA PARTIDA "TRANSFERENCIAS DE CAPITAL EN FORMA DE SUBVENCION A FONDO PERDIDO", 81100-7710-PROYECTO 21101, LINEA 43800-0, DEL PRESUPUESTO DE GASTOS DE 1985 DEL DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO.
DISPOSICION FINAL
LA PRESENTE LEY FORAL ENTRARA EN VIGOR EL DIA DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DE NAVARRA".
YO, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN ARTICULO 22 DE LA LEY ORGANICA DE REINTEGRACION Y AMEJORAMIENTO DEL REGIMEN FORAL DE NAVARRA PROMULGO, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, ESTA LEY FORAL, ORDENO SU INMEDIATA PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DE NAVARRA" Y SU REMISION AL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" Y MANDO A LOS CIUDADANOS Y A LAS AUTORIDADES QUE LA CUMPLAN Y LA HAGAN CUMPLIR.
PAMPLONA, 12 DE JUNIO DE 1985.-EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA, GABRIEL URRALBURU TAINTA".
(''BOLETIN OFICIAL DE NAVARRA'', NUM. 73, 17 JUNIO 1985).
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