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Documento BOE-A-1994-19806

Ley Foral 5/1994, de 31 de mayo, por la que se autoriza el pago aplazado del precio de adquisición de un edificio y se acuerda la enajenación de inmuebles.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 31 de agosto de 1994, páginas 27455 a 27455 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-1994-19806
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/1994/05/31/5

TEXTO ORIGINAL

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente

LEY FORAL POR LA QUE SE AUTORIZA EL PAGO APLAZADO DEL PRECIO DE ADQUISICION DE UN EDIFICIO Y SE ACUERDA LA ENAJENACION DE INMUEBLES

EXPOSICION DE MOTIVOS

Ante los graves problemas que plantea la actual situación de los inmuebles destinados a usos administrativos en el área de Pamplona, el Gobierno de Navarra ha realizado diversos estudios que le permiten establecer una adecuada política de utilización de los recursos inmobiliarios.

A la vista de las soluciones propuestas, el Gobierno de Navarra, en sesión de 18 de abril de 1994, acordó manifestar la voluntad de adquirir el edificio de oficinas sito en la calle Blas de la Serna, n. 1, de Pamplona.

El estado actual de la Hacienda Foral no permite efectuar el pago de la totalidad del precio de adquisición de dicho inmueble, que asciende a 1.128.508.800 pesetas, con cargo a un solo ejercicio presupuestario, por lo que parte del mismo debe ser objeto de aplazamiento.

El artículo 11.3 del La Ley Foral 13/1986, de 14 de noviembre, de contratos de la Administración de la Comunidad Foral, prohíbe el pago aplazado del precio en los contratos fuera del ejercicio presupuestario en curso, salvo que el Parlamento de Navarra lo autorice expresamente.

Por otro lado, el Gobierno de Navarra proyecta enajenar algunas naves y terrenos del inmueble de la antigua fábrica de SAFEL en Cordovilla, en cuya compra están interesadas diversas empresas emplazadas en las proximidades, a fin de generar en el estado de gastos de los Presupuestos del ejercicio en curso el crédito necesario para hacer frente al pago de la parte del precio de adquisición del mencionado edificio correspondiente al año 1994.

El artículo 19 de la Ley Foral 17/1985, de 27 de septiembre, del Patrimonio de Navarra, establece que el acuerdo de enajenación de bienes inmuebles será adoptado por el Parlamento de Navarra en el caso de bienes valorados en más 200.000.000 de pesetas.

Es objeto, pues, de la presente Ley Foral autorizar el pago aplazado del precio de compra de un edificio para usos administrativos, así como acordar la enajenación de determinados inmuebles propiedad de la Comunidad Foral.

Artículo 1.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 11.3 de la Ley Foral de Contratos de la Administración de la Comunidad Foral, se autoriza el pago aplazado del precio de adquisición del edificio de oficinas sito en la calle Blas de la Serna, n. 1, de Pamplona, cuyo importe total de 1.128.508.800 pesetas se abonará de la siguiente forma: 228.508.800 pesetas con cargo al Presupuesto de Gastos del ejercicio de 1994 y el resto, 900.000.000 de pesetas, con cargo al Presupuesto de Gastos para el año 1995.

Artículo 2.

Conforme a lo establecido en el artículo 19.2.c) de la Ley Foral del Patrimonio de Navarra, se acuerda la enajenación de determinadas naves y terrenos que forman parte del inmueble de la antigua fábrica SAFEL, sito en el kilómetro 3 de la carretera Pamplona-Huesca, en jurisdicción de Cordovilla, por un importe aproximado de 300.000.000 de pesetas.

Disposición final primera.

Se faculta al Gobierno de Navarra para dictar las disposiciones necesarias para la ejecución y desarrollo de esta Ley Foral.

Disposición final segunda.

La presente Ley Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial de Navarra>.

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S. M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el <Boletín Oficial de Navarra> y su remisión al <Boletín Oficial del Estado> y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 31 de mayo de 1994.

JUAN CRUZ ALLI ARANGUREN,

Presidente

ANÁLISIS

  • Rango: Ley Foral
  • Fecha de disposición: 31/05/1994
  • Fecha de publicación: 31/08/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 07/06/1994
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el BON núm. 67, de 6 de junio de 1994.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 11.3 de la Ley Foral 13/1986, de 14 de noviembre (Ref. BOE-A-1987-972).
    • art. 19.2.C) de la Ley Foral 17/1985, de 27 de septiembre (Ref. BOE-A-1986-3053).
    • art. 22 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto (Ref. BOE-A-1982-20824).
Materias
  • Bienes inmuebles
  • Navarra

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