EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de concesión de un suplemento de crédito para el Departamento de Economía y Hacienda.
Se ha puesto de manifiesto en el Departamento de Economía y Hacienda la necesidad de ampliación de capital de la sociedad «Navarra de Financiación y Control, Sociedad Anónima» (NAFINCO, S. A.),para poder hacer frente a la financiación de nuevos planes de viabilidad de varias empresas participantes.
En consecuencia, para atender estas necesidades se concede el suplemento de crédito correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra.
Artículo 1.
Se concede un suplemento de crédito por importe de 3.000.000.000 de pesetas para atender las necesidades del Departamento de Economía y Hacienda. Este suplemento de crédito se aplicará al proyecto 14002, partida 11300-8500-6127, línea 08770-8, denominada «Adquisición de acciones del sector público», por importe de 3.000.000.000 de pesetas, del Presupuesto de Gastos de 1996.
Artículo 2.
La financiación del referido suplemento de crédito se realizará con cargo a los mayores ingresos de la partida «Aplicación del superávit de ejercicios anteriores».
Disposición final.
La presente Ley Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de Su Majestad el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 18 de noviembre de 1996.
MIGUEL SANZ SESMA,
Presidente
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 143, de 25 de noviembre de 1996)
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